El juez Raúl Ojeda hizo lugar a una cautelar del SIMAPE y frenó artículos de la reforma laboral para el sector pesquero. Advirtió sobre “incertidumbre jurídica” y posibles daños irreparables.
El juez Raúl Ojeda, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, resolvió hacer lugar a la medida cautelar presentada por el Sindicato Marítimo de Pescadores (SIMAPE) y suspendió la aplicación de artículos centrales de la ley 27.802 en relación al sector.
La acción, impulsada por el gremio marplatense que conduce Pablo Trueba, cuestiona la constitucionalidad de la reforma laboral, en especial la exclusión del personal embarcado del régimen de la Ley de Contrato de Trabajo. En su fallo, el magistrado aclaró que el planteo es independiente de la causa iniciada por la CGT, ya que aborda una problemática específica del sector pesquero.
Ojeda consideró que se cumplen los requisitos para habilitar el amparo: existe una situación de incertidumbre jurídica actual, la norma puede generar perjuicios inmediatos a los trabajadores y no hay otra vía más rápida para resolver la cuestión. Además, remarcó que el conflicto involucra derechos de incidencia colectiva que alcanzan a todos los trabajadores marítimos de la actividad.
En ese marco, el juez advirtió que la exclusión del régimen laboral general podría resultar “lesiva, ilegítima y arbitraria”, en línea con el planteo del sindicato, que sostiene que se vulneran derechos garantizados por la Constitución Nacional y tratados internacionales.
El fallo también subraya que la Ley de Contrato de Trabajo ha sido, durante décadas, un marco complementario esencial para la actividad pesquera, por lo que su desplazamiento generaría un escenario de desprotección.
Asimismo, Ojeda alertó sobre la existencia de “derechos humanos comprometidos” y la posibilidad de daños irreparables si la norma se aplica antes de una sentencia definitiva. En ese sentido, destacó que miles de contratos y relaciones laborales quedarían en una situación de incertidumbre.
Finalmente, el magistrado resolvió suspender la vigencia de los artículos cuestionados —incluida la exclusión del personal embarcado, limitaciones al derecho de huelga y cambios en convenios colectivos— y mantener el statu quo hasta que se resuelva el fondo del planteo.