SITACLAH respecto a la situación de IOMA

SI.TA.C.L.A.H. (Sindicato  Trabajadores Casinos, Loterias, Agencias e Hipodromos de la Provincia de Buenos  Aires) gremio que conduce CRISTIAN  ECHEVERRIA envio una carta al Gobernador con respecto a la situacion de IOMA y que es de publico conocimiento afecta a miles de familias en la Provincia de Buenos Aires y obviamente a los afiliados a este gremio.

TEXTO COMPLETO DE LA CARTA ENVIADA:

Sr. Axel Kicillof.-
Gobernador
Provincia de Buenos Aires.-

De mi mayor consideración:
CRISTIAN FRANCISCO ECHEVERRÍA, DNI 24.539.623, en mi carácter de Secretario General del Sindicato Trabajadores Casinos, Loterías, Agencias e Hipódromos de la Provincia de Buenos Aires (SI.TA.C.L.A.H.), inscripta en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores bajo el N° 3143 Inscripción Gremial otorgada por Resolución n° 1160 de fecha 04/11/2019, Legajo 9466, CUIT 30-71669860-9, habilitado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEG. SOC. DE LA NACIÓN, con domicilio legal constituido en calle Funes N° 1.694 de la Ciudad de Mar Del Plata, Partido de General Pueyrredón, Provincia de BUENOS AIRES, y electrónico en sitaclahmdq@gmail.com, ante Ud. me presento y atento a la situación desesperante que viven nuestros afiliados por la crisis del Instituto de Obra Médico Asistencial de la provincia de Buenos Aires, a través de la cual el gobierno provincial no puede garantizar la cobertura médica, a solicitar habilite URGENTEMENTE la libre opción de obra social para los empleados del Instituto Provincial de Loterías y Casinos, y adopte las medidas conducentes, tendientes a derivar los aportes y contribuciones a las OO.SS. y/o empresas de medicina prepaga que cada uno de los trabajadores opte por elegir.-
Vale recordar que en las últimas semanas el corte de prestaciones de la Obra Social de los empleados públicos bonaerenses se ha ido intensificando. Hoy en día, prácticamente no hay clínicas en la ciudad de Mar del Plata (ciudad en la que se encuentran una gran proporción de afiliados a este sindicato) que atiendan con IOMA, se han suspendido cirugías programadas, y se ha comunicado el cese de la cobertura en la mayoría de clínicas de la ciudad por un atraso de pago de honorarios.-
Esto es inadmisible, puesto que a la fecha no sólo se vienen descontando aportes y contribuciones de los empleados públicos provinciales con mejores sueldos (quienes en la mayoría de los casos contratan una segunda cobertura), y se han venido admitiendo excepciones facultativas de los arts. 17 y 17 bis de la ley 6.982; sino que ahora también se le niega la cobertura a quienes derivamos corrientemente nuestros aportes y contribuciones a la caja del IOMA, lo que figura un hecho confiscatorio y violatorio de nuestra Constitución Nacional.-
Recuerde que de este modo Ud. se encuentra violando el Derecho a la Salud, el que concretamente está previsto en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (art. XI) que expresa que “…toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada por medidas sanitarias y sociales…”; la declaración Universal de Derechos Humanos (art.25.1); la Convención Americana sobre Derechos Humanos – Pacto de San José de Costa Rica (arts.4.1, 5.1 y 26); el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (art.12.1); el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art.6.1.); la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación racial (art.5º, inc. e, apart. iv); la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (arts.10.h; 11.1 f; 11.2; 12.1; 14 b y c; 16 e); entre otros. Específicamente el artículo 36 de nuestra Constitución Provincial establece que: “La provincia promoverá la eliminación de los obstáculos económicos, sociales o de cualquier otra naturaleza, que afecten o impidan el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales. A tal fin reconoce los siguientes derechos y garantías constitucionales: (…) 8) A la Salud. La provincia garantiza a todos sus habitantes el acceso a la salud en los aspectos preventivos, asistenciales y terapéuticos; sostiene el hospital público y gratuito en general, con funciones de asistencia sanitaria, investigación y formación; promueve la educación para la salud; la rehabilitación y la reinserción de las personas tóxico- dependientes. El medicamento por su condición de bien social integra el derecho a la salud; la provincia a los fines de su seguridad, eficacia y disponibilidad asegura, en el ámbito de sus atribuciones, la participación de profesionales competentes en su proceso de producción y comercialización…”.-
Por todo ello, habiendo demostrado una total incapacidad para gestionar el IOMA y encontrándose a la fecha en juego los derechos de los trabajadores del Instituto Provincial de Loterías y Casinos de la Provincia de Buenos Aires, habilite la LIBRE OPCIÓN de obra social para los empleados provinciales, y adopte de inmediato las medidas conducentes tendientes a SUSPENDER LAS RETENCIONES de los aportes y a REDIRIGIR LAS CONTRIBUCIONES patronales a las OO.SS. y/o empresas de medicina prepaga que cada uno de los trabajadores decida contratar.-
Sin más que informar, salúdale atentamente.-