La Liga de Amas de Casa tramita la tarifa social de luz, gas y agua de usuarios de Mar del Plata

 

La entidad vuelve a poner a disposición este servicio para los vecinos que enfrentan mayores dificultades para abonar las tarifas. Las consultas y trámites se realizan en la sede de la Liga, en Moreno 3546.

La Liga de Amas de Casa vuelve a poner a disposición de los vecinos de Mar del Plata y Batán la asesoría integral para tramitar la Tarifa Social de la energía eléctrica, el gas y el agua potable a través de la institución.

A partir de la gran cantidad de consultas que viene recibiendo en las últimas semanas la entidad que conduce Marisa Sánchez, se decidió reabrir a los usuarios la gestoría para acceder a la tarifa social de estos servicios básicos.

Para tramitar la tarifa social, los usuarios de Mar del Plata y Batán deben dirigirse de lunes a viernes de 9 a 12 a la sede de la Liga de Amas de Casa, situada en Moreno 3546, donde se atenderán los casos en particular, se recibirán las facturas de los mencionados servicios y se informará sobre la factibilidad de poder tramitar la tarifa social.

“Ante los continuos aumentos que vienen aplicándose sobre los servicios, a través de la Liga de Amas de Casa volvemos a ponernos en marcha para que hacer valer el derecho de los usuarios que pueden acceder a la tarifa social”, expresó la secretaria de la entidad, Marisa Sánchez.

En cuanto al trámite, precisó que “se evaluará caso por caso para la tarifa social de agua a través de la empresa Obras Sanitarias Sociedad de Estado (OSSE), se gestionará el acceso a la tarifa social para la aplicación de la tarifa de energía eléctrica a través de la empresa EDEA como así también la de gas, a través de Camuzzi Gas Pampeana”.

De acuerdo con la normativa vigente, si bien es finalmente la Secretaría de Energía de la Nación quien dispone de acuerdo al caso, podrán acceder a la tarifa social de gas y electricidad:

-Jubilados o pensionados o trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles.

-Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

-Beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

-Titulares de programas sociales.
-Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.

-Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico (26.844).

-Usuarios que perciben seguro de desempleo.

-Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
-Usuarios que cuenten con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.

-Titulares (o uno de sus convivientes) que padezcan una enfermedad cuyo tratamiento implique electrodependencia.

También según lo establecido en la normativa vigente, no podrán acceder a la tarifa social quienes sean propietarios de más de un inmueble o posean un vehículo de hasta 10 años de antigüedad, a menos que posean un certificado de discapacidad.