El Gobierno reglamentó el nuevo régimen de subsidios al gas: Mar del Plata afuera

A nivel nacional, el cambio afecta a 3,35 millones de usuarios que dejarán de recibir el beneficio automático. Los usuarios de la ciudad ya no recibirán el descuento, aunque podrán tramitar un beneficio si cumplen determinados requisitos.

El Gobierno nacional oficializó la nueva reglamentación del régimen de subsidios al gas y el modelo de fideicomiso con el Banco Nación, mediante el Decreto 1266/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial. General Pueyrredon se encuentra formalmente entre los 94 municipios bonaerenses que dejarán de recibir el beneficio automático que se aplicaba por estar incluido en la Zona Fría.

El martes pasado, el Gobierno promulgó la ley 27.828 que modificó el Régimen de Zona Fría y dejó a Mar del Plata y a otras localidades de la provincia de Buenos Aires afuera del beneficio geográfico directo.

Este lunes se oficializó el nuevo diagrama de subsidios. La normativa puso en marcha el nuevo esquema fijado por la Ley 27.828, que redefine el funcionamiento del Fondo Fiduciario, establece un recargo de hasta el 7,5% en la tarifa de gas y modifica el rol de las distribuidoras en la percepción de compensaciones.

De esta manera, el Gobierno adecuará la administración del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas, ratificando la continuidad de los beneficios de Zona Fría en la Región Patagónica, la Puna y el Departamento de Malargüe en Mendoza.

El nuevo marco legal, de acuerdo a la información publicada en el Boletín Oficial, adecua la Ley 25.565 de Presupuesto y la Ley 27.637, derogando el Decreto 486/21 y disponiendo la firma de un nuevo contrato fiduciario con el Banco Nación, la cual no implica la liquidación ni extinción del fondo existente, garantizando su plena continuidad jurídica, patrimonial y operativa hasta el 31 de diciembre de 2031.

El financiamiento del esquema se mantendrá mediante un recargo de hasta el 7,5% aplicado sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) por cada metro cúbico de 9.300 kilocalorías.

Este recargo abarcará a la totalidad de los metros cúbicos consumidos o comercializados por redes o ductos en el país, siendo las únicas excepciones el gas destinado a la exportación de gas natural o Gas Natural Licuado (GNL) y el gas inyectado al sistema proveniente de GNL importado y regasificado.

Designados como agentes de percepción, los productores e importadores de gas natural deberán incluir este ítem discriminado en sus facturas bajo la leyenda “Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas, artículo 75 de la Ley Nº 25.565”.

La recaudación y fiscalización mensual estará bajo la órbita de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ante la cual los agentes deberán presentar sus declaraciones juradas dentro de los primeros cinco días de cada mes.

Redefinición de subsidios
El Fondo Fiduciario tendrá tres destinos excluyentes de aplicación. Por un lado, abarca el pago directo a las empresas proveedoras por ventas de gas natural y Gas Licuado de Petróleo (GLP) por redes a distribuidoras en la Región Patagónica, Malargüe y la Puna.

Por otro lado, incluye la bonificación adicional por Zona Fría aplicable bajo el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) sobre consumos base de usuarios residenciales y servicio general en zonas abastecidas por propano indiluido. También contempla al gas envasado, a través de los subsidios a la venta de cilindros, garrafas o GLP a granel en las provincias de las regiones beneficiadas.

A nivel nacional, el cambio en el régimen afecta a 3,35 millones de usuarios que dejarán de recibir el beneficio automático. En la provincia de Buenos Aires, la medida alcanza a 94 municipios, entre los que están 25 de Mayo, 9 de Julio, Adolfo Alsina, Ayacucho, Azul, Bahía Blanca, Balcarce, Bragado, Cañuelas, Carmen de Areco, General Pueyrredon, Junín, La Costa, Lincoln, Marcos Paz, Mercedes, Monte Hermoso.

También se excluye a Necochea, Olavarría, Pehuajó, Pergamino, Pilar, Pinamar, Rauch, Saladillo, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Nicolás, San Pedro, Suipacha, Tandil, Tapalqué, Tornquist, Trenque Lauquen, Tres Arroyos y Villa Gesell, entre otros.

En Córdoba, quedan excluidos departamentos del centro y sur provincial, como Río Cuarto, Juárez Celman, General Roca, Presidente Roque Sáenz Peña, Tercero Arriba, Calamuchita, Santa María y San Alberto.

En el caso de Santa Fe, los municipios afectados se encuentran en el sur de la provincia e incluye ciudades como Rosario, Venado Tuerto y Casilda. Además, San Luis queda completamente fuera de la zona contemplada por el régimen de Zona Fría.

El nuevo régimen establece que las empresas distribuidoras y subdistribuidoras no percibirán ni administrarán los fondos de subsidio. Su función quedará acotada a ser agentes de aplicación en la facturación del usuario final y actuar como informantes para la liquidación. Los desembolsos se acreditarán directamente a las empresas proveedoras de gas.

Con relación al contrato a suscribir entre el Ministerio de Economía y el Banco Nación, el decreto determinó que no se alteran los créditos, obligaciones ni acreencias previas del fondo. El Banco Nación administrará los recursos sin cobrar honorarios, pero recuperando los costos y expensas operativas justificadas.

Además, estipuló que la liquidez no utilizada podrá colocarse transitoriamente en Letras del Tesoro, Letras del Banco Central o plazos fijos en bancos oficiales a plazos no mayores a un año.

Trámite

El esquema de Subsidios Energéticos Focalizados centraliza los trámites para mantener beneficios sobre las tarifas de luz y gas. La inscripción puede realizarse en el sitio oficial de argentina.gob.ar.

Para completar el trámite es necesario contar con el número de medidor y número de cliente de la factura, DNI vigente, CUIL de todos los integrantes mayores de 18 años y un correo electrónico activo.

Luego se debe ingresar al portal oficial, seleccionar la opción “Inscribite al ReSEF”, completar la declaración jurada y guardar el código de confirmación para hacer el seguimiento del trámite.