Los ocho acusados de cometer ataques neonazis irán a juicio oral
Así lo definió el juez federal Santiago Inchausti, tras un pedido de los fiscales Laura Mazzaferri y Nicolás Czizik. Uno de los imputados era menor de edad al momento de los hechos.
Los detenidos por los ataques neonazis al ser trasladados por la policía.
Ocho jóvenes cuyas edades oscilan entre los 18 y los 28 años serán juzgados por cometer ataques neonazis, tras unas decisión del juez federal Santiago Inchausti ante la clausura parcial de la investigación realizada por los fiscales Laura Mazzaferri y Nicolás Czizik.
Los imputados en la causa son Oleksandr Levchenko, Alan Emanuel Olea, Gonzalo Paniagua, Nicolás Caputo, Franco Martín Pozas, Giuliano y Giordano Spagnolo, y otro joven cuya identidad no se difunde porque era menor al momento de cometer los hechos.
Cada uno de los imputados deberá responder, además de por causas caratuladas como “lesiones graves y leves”, “daños y amenazas” de acuerdo a su participación en los doce hechos que forman parte de la investigación, como integrantes una organización destinada a imponer sus ideas por la fuerza, delito previsto en el artículo 213 bis del Código Penal, en concurso ideal con el delito de pertenecer a una organización y realizar propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza, religión o grupo étnico, reprimido en el artículo 3 de la Ley 23.592.
La elevación a juicio es parcial –y la investigación continúa- dado que aún existen autores no individualizados respecto de hechos que integran esta requisitoria y de otros episodios que podrían haber sido cometido en el marco de la organización investigada.
En febrero de 2016, la procuradora general Alejandra Gils Carbó había dispuesto la creación de un equipo de trabajo integrado por los titulares de las fiscalías federales N°1 y N°2 de Mar del Plata, Laura Mazzaferri y Nicolás Czizik, respectivamente, para “que intervengan conjunta o alternativamente en las causas que tramiten en ese distrito, vinculadas con actos de discriminación contemplados por la ley N°23592 o con las conductas previstas en el artículo 213 bis del Código Penal”.