SOLICITAN MUNICIPALIZACION DEL ENTE PUNTA MOGOTES

Avanza en las comisiones del Concejo Deliberante un Proyecto de Comunicación por el cual «El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Gral. Pueyrredon solicita al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires obtener por primera vez en su historia, la Presidencia del Ente ´Administración de Punta Mogotes´ para el administrador propuesto por este municipio». Solicita asimismo «se instruya a los administradores nombrados por la Provincia de Buenos Aires en tal sentido y que promuevan su gestión en pos de la municipalización de dicho ente»

El Expediente Nº1118/16 ya fué aprobado por unanimidad en las comisiones de Turismo y Legislación, y será finalmente tratado en la próxima sesión. El Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical, a partir de esta iniciativa del Concejal Mario Rodríguez, insiste en la necesidad de avanzar en gestiones que tiendan a lograr la municipalización del denominado Ente de Punta Mogotes.

«El Concejo Deliberante se ha expresado en más de una oportunidad sobre esta cuestión de manera contundente, por lo que nos preocupa que, a diez meses de la asunción del nuevo gobierno, sigan presidiendo el Ente aquellos que han dicho en más de una oportunidad que ´Punta Mogotes no se puede municipalizar`, buscando todo tipo de argumentos para no avanzar en este sentido», sostuvo el edil radical, integrante del Bloque de Cambiemos. 

Es de destacar que con fecha 28 de mayo de 2015 fue sancionada la Ordenanza promulgada bajo el Nº 22232, por la cual se faculta al Departamento Ejecutivo a denunciar el convenio suscripto con la Provincia de Buenos Aires con fecha 31 de agosto de 1984, conforme artículo 17 de la Ley 10.233, ley de creación y funcionamiento del ente denominado “Administración Punta Mogotes”. Dicha ordenanza promueve la “municipalización del ente”, habiendo sido votada por UNANIMIDAD, demostrando una coincidencia absoluta en la materia por todo el arco político marplatense.

También los tres Defensores del Pueblo que tiene la ciudad, los Sres. Fernando Rizzi, Fernando Cuesta y Walter Rodríguez, recomendaron recientemente la municipalización del ente. El propio Intendente del Partido de Gral. Pueyrredon, Dr. Fernando Arroyo, entiende prudente y necesaria la transferencia del Ente a la órbita municipal.

Varios son los fundamentos que motivan dicha municipalización del Ente, habiendo sido expuestos en ocasión de la sanción de la ordenanza respectiva, que tienden a la posibilidad de realizar diversos cambios en el actual esquema de administración de esas playas. Así, y sólo como una enumeración no taxativa, son cambios relativos al control y seguimiento de las concesiones de los balnearios, sus estacionamientos y aportes al ente; temas que tienen que ver con el personal de planta permanente y temporarios, con la venta ambulante, con los recursos y gastos, con la publicidad en los espacios públicos, con los proyectos de obras nuevas y el mantenimiento de las existentes, etc, etc.

Amén de lo mencionado, lo que realmente llama la atención es la poca y hasta casi nula participación que ha tenido la Municipalidad de Gral. Pueyrredon en la toma de decisiones que tienen que ver con las hermosas playas que administra este ente. Es la mayor extensión balnearia sin escolleras de esta ciudad, que justamente se caracteriza por su gran orientación turística. Y en estas playas, justamente, la municipalidad tiene prácticamente nula injerencia.

«Para lograr que nuestro municipio pueda tener mayor intervención, es muy recomendable lograr presidir el Ente, es decir, nombrar a su Administrador General, dado las amplias facultades que le fueron otorgadas por la ley a tal cargo«, considera Rodríguez.

Esta Ley es la Nº 10233 de la Provincia de Buenos Aires, instrumento de creación y funcionamiento del ente, cuyos datos salientes son: a) es una entidad pública interjurisdiccional entre la provincia y la municipalidad. b) la participación del 70% para la provincia y el 30% para el municipio se da en la TITULARIDAD DEL PATRIMONIO”, no en su conformación, según reza su artículo primero.

En su artículo quinto se expresa que “la administración será dirigida por un Consejo de Administración de tres miembros, dos designados por el Poder Ejecutivo Provincial y el restante por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad”. Y quien presida este Consejo será elegido entre ellos mismos. Es decir, con dos administradores provenientes de la provincia y uno sólo de la municipalidad está claro que la presidencia tiende a ser provincial. Y también de ese articulado se desprende que el 33,33% de las decisiones es competencia de la municipalidad, o debería así haber sido. Esta situación no sería para nada irregular en cuanto a su legitimidad pero si uno ahonda un poco en la intención del legislador de aquella época, 31 de agosto de 1984, podrá observar que en los hechos no se ha cumplido con tal objetivo. Absolutamente TODAS las presidencias del ente durante estos más de 31 AÑOS desde su creación le han correspondido a los administradores propuestos por la Provincia de Buenos Aires, tornando prácticamente INOPERANTE el 33,33% que le correspondía a la municipalidad, porque no sólo la elección del presidente del ente es por simple mayoría de los tres administradores, sino también porque casi todas las determinaciones significativas se toman del mismo modo. En todos estos años, un solo administrador municipal, POR SOLO UN MES y por un hecho de vacancia, ocupó la presidencia. «Ya habrá tiempo de discutir políticas en torno a ese hermoso sector de Punta Mogotes, y para el caso de la ´municipalización del ente´, ver la forma y la oportunidad de tal suceso. Pero sería totalmente conducente que esta ´municipalización´ sea dirigida justamente por el Administrador propuesto por la Municipalidad, quien es el representante y voz política de la ciudad ante ese organismo«, sentenció Mario Rodríguez.