Se trata de una iniciativa impulsada por el concejal massista, Lucas Fiorini. Se pretende habilitar 50 módulos parrilleros en una primera etapa.
A través de un proyecto de ordenanza, el concejal del Frente Renovador, Lucas Fiorini, busca reglamentar el permiso de autorización para la instalación de 50 unidades parrilleras en el Partido de General Pueyrredon. “Dichas unidades deben ser delimitadas por reglamentación correspondiente ejecutiva, garantizar el cumplimiento de los estándares bromatológicos para los alimentos, las condiciones de higiene del lugar y de las personas que trabajan en los mismos”, explicó el edil.
En el proyecto, se detallan los siguientes requisitos:
– Tener domicilio en el Partido de General Pueyrredon, con al menos dos años de residencia.
– No contar con otro medio de subsistencia, a excepción de jubilados o personas con discapacidad.
– Ser mayor de edad, contar con Libreta Sanitaria, inscripción en la AFIP y cumplir con las exigencias reglamentarias que disponga el ejecutivo municipal.
– Tener libreta sanitaria vigente otorgada por la Dirección de Bromatología Municipal.
– Vestimenta y protección adecuada para el manejo higiénico de los alimentos.
A los fines de la aplicación de la norma se establece que “las unidades funcionarán dentro de sectores determinados por la autoridad municipal, fuera del macrocentro o zonas turísticas, salvo para permisos extraordinarios en fechas específicas, sin tener prioridad o derecho sobre punto fijo alguno”. A su vez, se permite “la venta de alimentos procesados a base cárnica, debiendo estar debidamente cocidos, pudiendo ser acompañados de pan y aderezos, y dejando establecido que solo podrán ser combinados con la venta de gaseosas y jugos de fruta”.
Además, se instrumentará “un registro de postulantes en donde consten los interesados a ejercer el comercio en las condiciones indicadas. En el mismo se dará prioridad a quienes demuestren antecedentes de estar desarrollando este tipo de actividades”. “El Departamento Ejecutivo establecerá los cupos habilitados para la actividad, que no podrán superar los 50 en el primer período y el acrecentamiento no será por año superior al 10%”, se puntualizó en el proyecto, al cual 0223 tuvo acceso.
En el expediente, se remarca que serán condiciones para el funcionamiento de la unidad parrillera:
– No entorpecer el tránsito de peatones o vehicular.
– Ubicarse a más de 100 metros de un negocio del mismo ramo, contando dicha distancia desde el módulo hasta la puerta más cercana del comercio.
– No instalarse en veredas donde está autorizada la colocación de mesas y sillas para comercios aunque el ramo de los mismos sea distinto.
– No realizar propaganda de tipo comercial, quedando prohibido el uso de bocinas y/o altoparlantes de gran estridencia.
– No alterar el rubro y la localización que le fuera autorizado.
– No instalar cajones, mercaderías, bolsas o artefacto alguno fuera de la superficie determinada.
– Obligación de mantener perfectamente limpio el sitio que ocupa, debiendo colocar recipientes para residuos que la explotación genere.
– Prohibido arrojar desperdicios o afluentes de la actividad en la vía pública.