Frente a las manifestaciones vertidas por el Sr. Presidente de la Nación, a través
de su cuenta oficial de Twitter, con motivo de su encuentro con los padres de la
víctima, donde afirmó: “Durante el encuentro que tuvimos les expresé que
cuentan con la fuerza y la presencia del Poder Ejecutivo en este nuevo juicio
que han tenido que atravesar, luego de la escandalosa absolución de los
imputados en 2018”[..] “…debemos exigir la búsqueda de Justicia por el
Femicidio de Lucía Pérez”, La Red de Jueces Penales de la Provincia de Buenos
Aires entiende necesario exponer lo siguiente:
1) Que dichas expresiones vertidas por el titular del Poder Ejecutivo
Nacional dando por sentado anticipadamente lo que debería ser el resultado del
fallo, mientras los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de Mar del
Plata, luego de concluido el debate oral, se encuentran deliberando y votando
para emitir su decisorio respecto del “Caso Lucía Pérez”; constituyen una
intolerable intromisión en la labor de los magistrados del Poder Judicial
Bonaerense.
2) Que las manifestaciones referidas se enmarcan también en el reclamo
efectuado por los acusadores particulares, quienes habrían advertido de manera
conminatoria que, si no obtienen la sentencia que reclaman, promoverán un Jury
de Enjuiciamiento contra los jueces intervinientes, todo lo cual concurre a
propiciar un escenario de posibles interferencias invasivas en la labor de los
magistrados a quienes se pretendería condicionar para que resuelvan de una
determinada manera, a la vez que contribuye a establecer un contexto simbólico
frente al cual y ante una solución no esperada, podría generarse cierto clima de
violencia.
3) Si bien es cierto que Magistrados y Magistradas, en el marco de nuestras
labores debemos tener la suficiente templanza como para poder afrontar la propia
presión que implica de por sí administrar justicia, lo cierto es que tampoco el dolor
de nuestros conciudadanos nos es ajeno, con todo lo que ello conlleva. Y como
se exige a unos, también la exigencia en la responsabilidad debe ser de todos,
incluyendo claramente a los miembros de los restantes poderes del Estado.
4) Sabido es que, la vida en democracia permite justamente que los
ciudadanos puedan expresarse sin censura, encontrando su límite en los discursos
de odio, sin embargo, también es cierto que determinados funcionarios, como es
el caso del primer mandatario, al igual que los medios de comunicación, deben
ser responsables a la hora de comunicar o expresarse en relación al
funcionamiento de las instituciones, sin caer en mezquindades.
5) Ello es así, puesto que la Independencia del Poder Judicial se manifiesta
fundamentalmente en el ejercicio exclusivo y excluyente de su función de
interpretar y aplicar la Constitución y las leyes a los casos sometidos a su
juzgamiento, sin intervención de los otros poderes.
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En suma, los dichos del presidente de la Nación implican una
intromisión en el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia y
en la vida de las instituciones democráticas, que por lo menos debe ser
puesta en evidencia para evitar que actos de ese tipo se sigan repitiendo y
sea ello un llamado a la reflexión en la construcción de la paz social.
6) De ningún modo pretendemos insinuar que no sea obligación del Estado
acompañar a las víctimas, sin embargo existen competencias claras atribuidas por
la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos
que forman parte de la misma y la Constitución Provincial, que se traducen en las
garantías (entre otras, la independencia judicial e imparcialidad), que
necesariamente deben operar en relación a quienes puedan ser damnificados o
imputados y atraviesen un proceso penal.
7) Constituyendo uno de los objetivos estatutarios de esta Asociación la
defensa de la Independencia Judicial, así como el principio de división de Poderes,
nos vemos en la imperiosa necesidad de reclamar que los mismos se respeten de
modo irrestricto con especial referencia al trabajo de los Jueces que intervienen
en el juicio aludido y la judicatura en general, quienes siempre deben resolver
conforme a derecho y sin injerencias de ninguna naturaleza; mucho menos de
quien tiene prohibido, por expreso mandato constitucional, el ejercicio de
funciones jurisdiccionales (art. 109 CN).
La Red de Jueces Penales de la Provincia de Buenos Aires.
La Plata, 11 de marzo de 2023.
Juan Sebastián Galarreta Julio Andrés Grassi
Presidente Secretario