Entrega de credenciales ReMCa a los poseedores de Perros Potencialmente Peligrosos
Se recuerda que es obligatorio tener esa documentación para poder circular con ellos en la vía pública
El Departamento de Zoonosis -dependiente de la Dirección de Protección Sanitaria de la Secretaría de Salud- recuerda que está en vigencia la Ordenanza 22.031 que establece que para que los Perros Potencialmente Peligrosos (PPP) puedan circular por vía pública, es obligatorio poseer la credencial del Registro Municipal Canino (ReMCa).
Es por ello que se ha implementando la entrega de dichas credenciales a todo los poseedores de PPP que ya hayan cumplimentado con la colocación del microchip en los canes.
Los pasos a seguir pueden ser de dos maneras: o registrarse en el link: https://goo.gl/forms/UV4ttFNuAO7SG1nx1, o llamar al 464 4513, donde -si es necesario- podrán completar los datos y proponer día y hora en que pueden finalizar el trámite. Es importante remarcar que ya sea vía web o telefónicamente, se confirmarán el día y la hora de retiro del ReMCa.
TENENCIA RESPONSABLE
La Dirección de Protección Sanitaria de la Secretaría de Salud de la Municipalidad alerta sobre los peligros que representan -tanto para las personas como para los propios animales- el abandonar canes en la vía pública.
El desamparar los perros dejándolos en las calles de nuestra ciudad trae aparejado problemas sanitarios que no solo ponen en riesgo la salubridad pública, sino también el bienestar de las mascotas al exponerlos a accidentes de tránsito, contagio de enfermedades infectocontagiosas, a inclemencias climáticas, lesiones resultantes de riñas, a trastornos consecuentes a la alimentación con desperdicios, etc. En síntesis, el liberarlos exponiéndolos a la situación de calle, implica un real maltrato y pone al municipio ante una situación compleja de revertir.
La legislación vigente exige que los propietarios y/o tenedores de mascotas asuman una actitud responsable con las mismas. Es así que la Ley Nacional 14346 de Protección a los Animales en su artículo 1º establece que será reprimido con prisión de 15 días a un año, “al que infringiere malos tratos o los hiciere víctima de actos de crueldad” y considera como actos de mal trato “no alimentarlos en cantidad y calidad suficiente” y “de crueldad”, entre otros, el “causarles sufrimientos innecesarios”.
Mientras que la Ordenanza local Nº 22031 de Tenencia Responsable de Mascotas señala la obligación de los propietarios, poseedores o tenedores de las mismas, de “mantenerlos en condiciones higiénico sanitarias, de bienestar y seguridad adecuada a su especie y raza”, de “brindarles alojamiento, agua limpia y alimentación”. Además, responsabiliza al propietario o tenedor “por los daños y perjuicios y molestas que ocasione su animal a las personas a otros animales, a las cosas, a los espacios públicos y al medio natural en general”.
La misma norma establece la obligatoriedad para los propietarios y poseedores y tenedores de perros de no dejarlos “deambular sueltos en la vía pública y en lugares de uso público no habilitados para tal fin, quedando obligados al uso de correa, collar y bozal”.
En virtud de lo expuesto y de las denuncias que a diario se reciben derivadas de a problemática mencionada, las autoridades de la policía Local y de Zoonosis han acordado una labor de colaboración recíproca, previo capacitación de su personal, para la concreción de los procedimientos y actuaciones que resultan necesarias tendientes al efectivo cumplimiento de la mencionada legislación.