La Justicia electoral le dio la personería provisoria en la Provincia a “La Libertad Avanza”

La Libertad Avanza logró su cometido y obtuvo esta mañana la personería jurídica provisoria en la Provincia de Buenos Aires. El Juzgado Federal N°1 con competencia electoral a cargo de Alejo Ramos Padilla, dio el dictamen.

 

En una reciente resolución judicial, el juez Ramos Padilla otorgó la personería jurídica a la agrupación “La Libertad Avanza” en la provincia de Buenos Aires, tras rechazar una oposición presentada por Carina Mabel Ivascov, quien reclamaba la propiedad intelectual del nombre. La resolución subraya que impedir la institucionalización y el uso del nombre de la agrupación generaría confusión en el electorado y limitaría su dimensión representativa.

 

El proceso judicial, supervisado por Karina Milei el pasado 11 de junio en los tribunales de La Plata, culminó con la confirmación de la presidencia del partido bajo el liderazgo del armador y funcionario nacional Pareja. Este último ya ha comenzado a tejer alianzas con sectores del PRO, específicamente con los seguidores de Patricia Bullrich.

 

Ivascov, presidenta y apoderada del partido libertario en Entre Ríos, había presentado la impugnación en varios distritos, argumentando su derecho sobre el nombre. No obstante, la agrupación de Buenos Aires señaló que la ley 23.298 de partidos políticos no exige el registro del nombre en el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, argumento que fue aceptado por el juez.

 

Ramos Padilla, en su resolución, destacó que los partidos políticos son fundamentales para la democracia representativa. Subrayó que un nombre partidario no es solo una marca, sino una identificación y explicación ante la sociedad. Además, el juez recordó que en los comicios de 2023, la misma denominación fue utilizada a nivel nacional por una alianza transitoria, cuyos candidatos fueron elegidos por la ciudadanía.

 

“La Libertad Avanza” ahora deberá cumplir con varios requisitos para obtener su personería definitiva en la provincia de Buenos Aires:

 

Dentro de 60 días, presentar los libros rubricados que exige el artículo 37 de la ley N° 23.298.

En un plazo de 150 días, obtener 4000 afiliaciones de electores.

En 180 días, realizar sus primeras elecciones internas para elegir sus autoridades definitivas, con la previa presentación de la convocatoria, el cronograma electoral, el reglamento electoral y la publicación de la convocatoria en un diario de circulación provincial.