ACUBA EXIGE A EDEA Y CAMUZZI UN CALCULADOR DE FACTURA EN SUS SITIOS WEB

“Es una incertidumbre total cuánto vamos a pagar de Luz y Gas en nuestra ciudad, las prestadoras
EDEA y CAMUZZI deben informarlo ahora a los consumidores”
Gerónimo Rossi, Presidente de ACUBA

ACUBA, asociación de consumidores de la ciudad de Mar del Plata, mediante cartas documentos
remitidas en fecha 12 de abril del corriente año, exigió e intimó a las entidades prestadoras de los
servicios públicos de energía eléctrica (EDEA) y gas natural por redes (CAMUZZI GAS PAMPEANA),
para que, en cumplimiento con el ejercicio del deber de información (art. 4° LDC, 1100 CCC) provean
de manera inmediata, a través de sus sitios de internet, de un CALCULADOR DE PROXIMA
FACTURA, de manera tal que, con el cuadro tarifario vigente, permita a los consumidores y usuarios
cargar los datos correspondientes a sus consumos estimados en kw o m3, y arroje el precio final a
abonar por el costo del servicio, impuestos incluidos, con la antelación y previsión necesarios.
ACUBA es una entidad sin fines de lucro, con casi veinte años de trayectoria ininterrumpida en la
protección de la salud, seguridad y la defensa de los intereses económicos de todos los usuarios y
consumidores de nuestro país, debidamente inscripta en los correspondientes Registros de
Asociaciones de Defensa de Consumidores y con la correspondiente autorización legal para
funcionar en virtud del articulo 42 de nuestra Constitución Nacional.
En ese carácter la citada información, cursada en cumplimiento de las facultades delegadas por los
articulos 52 a 58 de la Ley de Defensa del Consumidor, y toda vez que conforme el aumento de las
tarifas que rige en el servicio público de distribución de energía eléctrica y/o gas natural no se
encuentran publicadas en los sitios de internet de las prestadoras, ni tampoco se han comunicado
de modo fehaciente, claro y detallado a los consumidores y usuarios de dichos servicios, en regla
con lo dispuesto por los articulo 4° LDC y 1100 del Código Civil y Comercial, resulta imperiosa a los
fines de garantizar el pleno ejercicio de sus derechos, que los usuarios de estos servicios públicos
esenciales puedan tener una adecuada previsión del costo del servicio que les será facturado en los
próximos meses.
No puede soslayarse el incremento significativo que por las resoluciones del ENRE 102/2024 del
15/02/2024, y del Enargas 120/2024 del 28/03/2024, se ha producido en relación al costo que
deberán abonar los usuarios en relación al servicio de luz y gas, ni tampoco la esencialidad del
servicio en la época del año que comienza, tanto como la realidad económica que vive nuestro país,
asociada al congelamiento de los ingresos de los sectores medios y bajos de nuestra sociedad, sobre
la que impactará especialmente el incremento mencionado. En tal sentido, lo peticionado
formalmente por intermedio de ACUBA, se advierte como la única forma de cumplir con el deber de
información que las empresas prestadoras detentan, y el incumplimiento de la misma, afecta
directamente el interés económico de los consumidores y usuarios, quienes denuncian encontrarse
frente a una incertidumbre absoluta sobre el precio final a facturarse por los períodos corrientes de
consumo, todo lo cual resulta garantizado y consagrado constitucionalmente, en la norma precitada.
Huelgan mayores expresiones sobre la delicada situación económica de los hogares argentinos,
motivo de sobra para que las empresas proveedoras del servicio, deban disponer las herramientas
más eficientes para que aquellos puedan preveer y administrar el consumo de luz y gas de la forma
más responsable y concienzuda, para no encontrarse, a posteriori, de cara a facturas de servicios
que les resulte prácticamente imposible de abonar, lo que conculcaría contra el uso de un servicio
indispensable para los mismos.
Se hace saber que en caso de incumplimiento a esta intimación, será replicada a los Entes
Reguladores correspondientes y que en representación legal que ACUBA detenta de todos los
consumidores de bienes y servicios, iniciará las acciones legales que correspondan por toda omisión.

COMISION DIRECTIVA