En el prostíbulo, que funcionaba hacía diez años, eran explotadas sexualmente cuatro mujeres, una de ellas dominicana. El MPF solicitó también el embargo del local y la vivienda de uno de los imputados, donde fueron acogidas dos de las víctimas.
El Día Internacional de la Mujer del año 2015, un allanamiento irrumpió en el prostíbulo “News Pato’s Club” de la ciudad balnearia Miramar: allí, había cuatro víctimas de trata, explotadas sexualmente en los cuartos de la planta alta del lugar, y que durante la noche juntaban pulseritas de goma de colores por cada copa que invitaba un cliente prostituyente para cobrar un porcentaje al final de la noche. Para el fiscal federal Nicolás Czizik, la prueba colectada permitió demostrar la responsabilidad penal de Juan Carlos Román Giménez y Mirta Cristina Notarfranco en el delito de trata de personas con fines de explotación sexual y pidió la elevación a juicio de la causa.
El expediente se había iniciado a partir de una denuncia remitida por la Subdirección Departamental de Investigaciones de Miramar en diciembre de 2014. A partir de allí, la Fiscalía Federal N°2, a cargo de Czizik, dispuso diferentes medidas de investigación, solicitud de informes a reparticiones públicas y privadas e intervenciones telefónicas. Finalmente, el 8 de marzo de 2015 se realizaron los allanamientos tanto al prostíbulo donde se secuestró en el sector de la barra, entre otras cosas, tarjetas personales promocionales de “Pato’s” a nombre de Juan Giménez, que rezan ‘Tragos en compañía de una hermosa dama’, un certificado de habilitación municipal para el rubro Wiskería y 35 pulseras de goma de distintos colores; como a la vivienda del imputado, donde se encontró una caja que contenía folletos promocionales del bar investigado, con un sello a nombre de Juan Carlos Giménez.
El resultado de los operativos, sumado a más de una treintena de pruebas colectadas, derivó en la imputación de Juan Carlos Román Giménez –quien fuera oficial de la Policía bonaerense- y Mirta Cristina Notarfranco. Se les atribuye haber acogido a dos víctimas en la vivienda de avenida 9 al 3900 de Miramar, para luego ser explotadas sexualmente en “New Pato’s Club”, y haber recibido en el local a otras dos víctimas con idénticos fines. El fiscal destacó, a su vez, que la explotación fue consumada por ambos imputados “con conocimiento de la situación de vulnerabilidad por las mujeres atravesada y haciendo uso de ello en su provecho”.
Al describir la situación, el representante del MPF señaló: “Los servicios sexuales solían concretarse en habitaciones que poseía el propio bar en su planta alta, encontrándose en forma lindante a la vivienda de la imputada Notarfranco. Ello demuestra las condiciones de ‘control’ y de ‘exclusividad’ ejercidas sobre la libertad de las damnificadas, las cuales eran ofrecidas como meros objetos sexuales”.
En relación al sistema de copas que regía en el lugar, Czizik destacó lo indicado por las profesionales del Programa Nacional de Rescate: «Las violencias a las que hicimos mención se dan incluso en la realización de ‘copas’, considerando a las copas como una primera acción prostituyente, no solo porque suelen ser un primer paso que permite a los clientes/prostituyentes tomar contacto con las mujeres para la eventual realización del pase y/o salidas sino porque el bien que realmente se comercia no es la bebida en sí (con importes muy superiores a los que tendría la misma bebida en un local de similar categoría) sino la presencia de la mujer y la exhibición cosificada de su cuerpo”.
El turismo sexual
Una de las jóvenes encontradas en el prostíbulo indicó que concurría al lugar durante las temporadas de verano. “En su caso –sostuvo el fiscal- observamos una típica modalidad de ‘turismo sexual’ mediante el cual los imputados recibían a la nombrada en cada temporada de verano (momento en que la demanda de clientes/prostituyentes se incrementa en ciudades de la costa atlántica como Miramar), generando una renovación del ‘plantel’ de mujeres que eran prostituidas. La damnificada viajaba realizando servicios sexuales en Pato’s a fin de mantener a su familia y, a su vez, que ésta no conociera la actividad que realizaba”.
“Ello –añadió- va en línea con la diversa cantidad de libretas secuestradas, nombres de mujeres extranjeras agendados y con lo observado en las tareas de inteligencia”, que dieron cuenta del incremento de la clientela en temporada alta.
Presas del sistema prostibulario
Al argumentar el petitorio, Czizik sostuvo que existían para con las víctimas ciertas restricciones que las llevaban a verse imposibilitadas de salir de ese sistema prostibulario establecido en “New Pato’s”. “Para ello –explicó- no era necesario el empleo de la violencia física sino que, por el contrario, la lejanía de sus ciudades de origen, el desconocimiento por parte de sus familias de la actividad realizada, el encontrarse en una zona y localidad desconocida por alguna de las damnificadas, el tener que concretar los servicios sexuales en el lugar y vivir en el domicilio del imputado Giménez, era suficiente para que los encartados ejerzan un mayor control sobre las mismas”.
El requerimiento de elevación a juicio da cuenta de la situación de vulnerabilidad de cada una de las mujeres, abordando caso por caso. Una de ellas, oriunda de República Dominicana, tenía en su país natal a dos hijos de 7 y 9 años, a quienes realizaba giros de dinero. Otra, nacida en Misiones, no contaba con secundario completo y tenía hijos mellizos de 4 años. Una de ellas concurría al prostíbulo desde hacía dos años, en temporada de verano desde Capital Federal, siendo que su familia desconocía la actividad que realizaba. Y el último caso es el de una mujer marplatense que se encontraba en situación de prostitución desde los 20 años, iniciándose en Comodoro Rivadavia para poder mantener a su primer hijo, que no tenía estudios secundarios completos y tenía a su cargo dos hijas menores.
“Los extremos que hacen a la trata de personas con fines de explotación sexual se encuentran en esos datos objetivos que ellas puedan aportar, sumado a las demás circunstancias que rodearon la actividad sexual en el lugar y no en lo que sentían las víctimas, las que –en muchos casos- no se reconocen como tales y veían en esa explotación una rápida salida a la situación de vulnerabilidad social que atravesaban”, sostiene el representante del MPF en su dictamen.
En este sentido, señaló que las manifestaciones de las víctimas que de un modo u otro pudieron expresar su “voluntad” de ser prostituidas, “deben ser analizadas en el contexto antes descripto, desde que tal ‘voluntad’ no implica la ausencia de indicadores de trata, sino la presencia de otros elementos como abuso de autoridad, amenazas o violencia que, a lo largo de un tiempo, pudieron generar en esas mujeres la idea de estar por su propia decisión en el lugar cuando, en verdad, ese es un efecto de la explotación misma a lo largo de muchos años y de no tener una salida mejor a su situación”.
Embargos
El Ministerio Público Fiscal había solicitado en abril del 2015 el embargo del local donde funcionó el prostíbulo durante una década. El pasado 13 de mayo, la Fiscalía insistió en la solicitud de que se adopten las medidas necesarias en pos de asegurar la afectación del inmueble para un eventual decomiso y/o como garantía de eventual pena o condena pecuniaria. Pero al día de la fecha aún está pendiente de resolución.
En esa línea, el fiscal planteó que no puede perderse de vista la importancia del aspecto patrimonial y las ganancias económicas que reditúan este tipo de actividades ilícitas. “Teniendo en consideración que ambos inmuebles (prostíbulo y domicilio de Giménez donde eran acogidas dos víctimas) eran utilizados para la comisión de los delitos investigados, conforme lo dispuesto por el artículo 23 del Código Penal, entiendo necesario solicitar que el Sr. Juez ordene el pertinente embargo de ambos inmuebles para asegurar eventuales decomisos y/o cubrir la eventual satisfacción de una futura indemnización a las víctimas”.