ERRADICAR LA VIOLENCIA MACHISTA EN LA JUSTICIA, DESDE ADENTRO HACIA AFUERA

8M DE LAS TRABAJADORAS JUDICIALES EN LA UEJN – Regional 4
(Unión de Empleadas/os Judiciales de la Nación)
Como trabajadoras judiciales exigimos terminar con las prácticas de violencia y acoso en nuestros
espacios laborales –en general, y por razón de género en particular- como instancia previa
imprescindible para que el servicio de Justicia tenga una mirada de género y se evite de este
modo la discriminación y revictimización de quienes llegan en busca de una reparación. Podríamos
citar un sinnúmero de ejemplos de esto, pero ahora nos preguntamos: ¿Qué puede esperar del
servicio de Justicia cualquier persona –aún más si pertenece a un colectivo vulnerado en sus
derechos- si las mismas personas que dirigen una investigación y deben fallar sobre
determinados delitos están atravesados/as por estereotipos de género que perpetúan la
desigualdad? El cambio, entendemos, debe darse desde adentro hacia afuera, para que el acceso
a la Justicia sea libre de discriminaciones y violencias.
¿De qué hablamos cuando hablamos de violencia y acoso? Según el Convenio 190 de la
Organización Internacional del Trabajo (OIT), que fue sancionado en 2019 y entró en vigencia en el
país hace algunos días, la expresión «violencia y acoso» en el mundo del trabajo designa “un
conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos
y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto,
que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e
incluye la violencia y el acoso por razón de género”, que los define en particular y repara en que
afecta a las personas por razón de su sexo, identidad de género, orientación sexual, e incluye el
acoso sexual. No sólo se refiere a la violencia y al acoso que ocurren durante las horas de trabajo,
sino también en viajes, eventos o actividades de formación, como también en el marco de las
comunicaciones por medios de tecnologías de la información y de la comunicación.
“La violencia y el acoso son una amenaza para la igualdad de oportunidades y son inaceptables e
incompatibles con el trabajo decente”, especifica el Convenio 190 en su preámbulo. Necesitamos
un Poder Judicial y Ministerios Públicos que defiendan los derechos humanos de las mujeres y
diversidades que se animan a denunciar el acoso laboral, según mandato constitucional y en
reflejo a los convenios internacionales a los que adhiere Argentina.
Ahora bien, ¿de qué hablamos cuando hablamos de perspectiva de género en la Justicia? Una
forma de leer y entender la realidad, de manera interseccional, que incluya los intereses y
opresiones que convergen en las mujeres y diversidades, para constrarrestar aquellas políticas que
puedan parecer “neutrales” y que terminan consolidando las desigualdades de género existentes.