Repudio a fallo de cámara que habilita el hostigamiento policial y marca un retroceso en la perspectiva de género en la justicia.

A más de diez años del fallo Arriola de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
que declaró inconstitucional penar la tenencia de estupefacientes para uso personal, la
estigmatización y persecución policial contra personas que consumen cannabis y otras
drogas ilegalizadas sigue siendo frecuente. Por ello, la Agrupación Marplatense de
Cannabicultores presentó un habeas corpus preventivo colectivo para frenar las requisas
ilegales y los tratos humillantes que la policía despliega para hacer “estadística” en materia
de drogas. Este habeas, con resolución favorable del Juzgado de Garantías n° 4, fue
revocado por los jueces de la sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo penal de
Mar del Plata. Desde la agrupación ya hicimos reserva de interponer recurso de casación
contra la sentencia a los fines de que el Tribunal de Casación Penal con sede en La Plata
ratifique los criterios objetivos fijados tendientes a poner un freno al hostigamiento policial y
el control sobre el desarrollo de las políticas públicas de forma que se ajusten a los
estándares internacionales, que abordan el tema desde la salud pública.
El consumo de sustancias psicoactivas en nuestro país no constituye delito pero sí
su tenencia. Esta situación absurda nunca fue reparada a nivel legislativo, pese al fallo
unánime de la Corte en 2009. Para los magistrados Pablo Martin Poggetto y Raúl Alberto
Paolini no existe amenaza contra la libertad ambulatoria de las personas usuarias y
tenedoras de sustancias psicoactivas que por su escasa cantidad son destinadas
inequívocamente al consumo personal. no corren el riesgo de ser interceptados y
requisados sin orden judicial y tampoco de ser trasladados en calidad de “aprehendidos” a
una dependencia policial, tal como reconoció expresamente el titular de la Jefatura
Departamental en la audiencia pública celebrada. Está negación preocupante de la realidad,
se complementa con otras afirmaciones claramente retrógradas de los camaristas, quienes
tildan de “ideológica” la postura expresada por el juez de primera instancia (como si la suya
no lo fuera) y hasta rechazan la utilización del lenguaje inclusivo en la resolución del
Juzgado de Garantías n° 4, a cargo de Juan Tapia.
Desde la Agrupación Marplatense de Cannabicultores presentamos el habeas
colectivo el 20 de diciembre de 2019 con el patrocinio letrado de Franco Bertolini, allí se
advertíamos lo que parecen desconocer los camaristas: la exorbitante cantidad de
intervenciones policiales sobre personas usuarias de drogas. En la Memoria sobre
Desfederalización en Materia de Estupefacientes del Ministerio Público de la Provincia de
Buenos Aires se advierte que en el año 2018 se iniciaron 1.418 investigaciones de las
cuales 569 fueron por tenencia para consumo personal (1,5 por día), conformando el mayor
tipo penal involucrado con el 40,19%. También se indicaba que en nuestra ciudad en tan
solo 9 meses entre 2019 y 2020, se habían iniciado al menos 3.500 investigaciones (13 por
día) por infracción a la Ley de Estupefacientes n° 23.737.
En el mismo sentido, los reportes mensuales de seguridad elaborados por el “Centro
Municipal de Análisis Estratégico del Delito” señalan que casi la totalidad de los
procedimientos policiales se realizaron en la vía pública y tuvieron como consecuencia la
aprehensión y traslado a la dependencia policial de personas que tenían entre sus prendas
sustancias estupefacientes (mayormente marihuana) para consumo personal. La resolución
del juez Tapia se construyó tras la realización de instancias enriquecedoras como una
audiencia pública, en las que participaron las cúpulas policiales, organizaciones
especializadas, profesionales de la salud y ediles. Una vez más, la justicia patriarcal y
clasista atenta contra los derechos humanos, habilitando la violencia simbólica y la
arbitrariedad policial contra los sectores más vulnerables de la sociedad.
Entendemos que un fallo judicial no puede generar una política pública pero sí
puede controlar que una política criminal se ajuste a derecho y respete los tratados
internacionales. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) falló el año pasado
contra Argentina por las detenciones discriminatorias y sin orden judicial en los casos
Fernández Prieto y Tumbeiro, motivadas por “el olfato policial”, en el contexto de la guerra a
las drogas desplegada intensamente desde los años 90 hasta la actualidad. El estado
argentino reconoció esta situación ante la CIDH.
Por otra parte, el Poder Judicial necesita urgente de la aplicación de la Ley Micaela
para evitar que todo el servicio de administración de justicia incurra en prácticas que
desconocen los tratados internacionales con jerarquía constitucional y adopten la
perspectiva de género en el proceso y las resoluciones. El fallo por el femicidio de Lucía
Pérez en nuestra ciudad desencadenó un pedido de jury de enjuiciamiento por los vicios
misóginos de la sentencia. En un nuevo 3 de Junio, mientras se discute una reforma judicial
feminista, reiteramos que es inadmisible que la cámara desestime la utilización de la
perspectiva de género en el lenguaje de una resolución judicial. Una vez más, la justicia
patriarcal y clasista atenta contra los derechos humanos, habilitando la violencia simbólica y
la arbitrariedad policial contra los sectores más vulnerables de la sociedad.
Desde la Agrupación Marplatense de Cannabicultores realizaremos la apelación de
la resolución en instancias superiores y alertando acerca de la continuidad de
procedimientos ilegales que constituyan violencia institucional.