OSSE BRINDÓ INFORME DE ACTUACIONES EN LA OBRA “DESAGÜES PLUVIALES ARROYO DEL BARCO” A LA COMISIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS
Con el objeto de informar el detalle de las gestiones y trámites realizados en relación a la obra “Desagües Pluviales en la Cuenca del Arroyo del barco – Primera Etapa Sector A”, profesionales de Obras Sanitarias se reunieron con los concejales que integran la Comisión de Recursos Hídricos del Concejo Deliberante.
Participaron del encuentro la Presidente de la Comisión de Recursos Hídricos, Patricia Leniz y los concejales que la integran: Daniel Rodríguez, Guillermo Arroyo, Marcelo Fernández y Alejandro Carrancio. Por parte de OSSE expuso su Presidente Ing. Mario Dell Olio junto a la Vicepresidente Ing. Viviana Bolgeri, el director Daniel Diaz y la síndico Mabel Segura. También hicieron uso de la palabra el presidente y el vicepresidente del Club Náutico, Eduardo Ramirez Lijo y Juan Ignacio Grimaldi, respectivamente; el referente de la sociedad de fomento del barrio Juramento, Hugo Toso, y el concejal Eduardo Abud, quien además es vecino de la zona que se verá beneficiada con la obra. Durante su intervención, el edil destacó la importancia de la concreción de estos trabajos, que desde hace tantos años son esperados por la comunidad.
Durante la reunión, se realizó una presentación en la que se detalló las diversas gestiones que se realizaron desde 2003 a la fecha para efectivizar esta obra que tiene como objeto solucionar la problemática que generan las precipitaciones en 14 barrios de la ciudad en los que habitan 180.000 vecinos aproximadamente.
Cabe destacar que desde hace años los vecinos de los barrios Villa Lourdes, Puerto, Las Avenidas, Peralta Ramos Oeste, El Progreso, El Martillo, Florencio Sánchez, Cerrito Sur, Cerrito y San Salvador, Juramento, Gral. San Martín, Termas Huinco, Colinas de Peralta Ramos y Punta Mogotes han sufrido las consecuencias de las precipitaciones y están a la espera de la concreción de esta obra.
Durante la reunión se recordó que el proyecto fue realizado y aprobado por la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas de la Provincia de Buenos Aires (DIPSOH) y posee Estudio y Declaración de Impacto Ambiental aprobado por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS).
Vale recordar que en fecha 22 de julio de 2015 se procedió a la adjudicación de la obra y el acta de inicio se suscribió el 29 de julio de ese año. A la fecha, ya se ha construido un tramo central del conducto de aproximadamente 241 metros de longitud, lo que representa un 23% de la obra, habiéndose ejecutado dicho tramo sobre la denominada “manzana de los circos” correspondiente al ámbito portuario.
Luego de diversas gestiones, fue aprobada por DIPSOH la alternativa de derivar en esta primera etapa la desembocadura del conducto 50 metros hacia el sur de la obra proyectada, atento a lo cual se consideró la necesidad de acceder al sector denominado Silos e instalaciones adyacentes.
De esta manera, entre septiembre de 2015 y durante 2016, se cursaron numerosas comunicaciones a Elevadores Mar del Plata S.A., firma que se encuentra empadronada como usuaria del servicio sanitario en ese predio. En todos los casos, el resultado fue negativo.
En tal sentido, actualmente, el Ministerio de Agroindustria emitió Resolución 71/2017 mediante la cual se rescinde el contrato de concesión con la firma Elevadores Mar del Plata SA, a cargo de los silos.
De esta forma, el 12 de mayo se notificó al Consorcio Portuario la modificación del proyecto y se le solicitó el acceso al muelle para iniciar los trabajos en la desembocadura. Asimismo, el 19 de este mes se notificó al Club Náutico y al Astillero Naval Federico Contessi del inicio de la obra en el sector.
Durante la reunión con los concejales, los representantes de OSSE entregaron el siguiente informe que explica el detalle de las gestiones e intervenciones que se desarrollaron desde 2003 a la fecha:
Informes de actuaciones en Obra “Desagües Pluviales Cuenca Arroyo del Barco”
Sres
Honorable Concejo Deliberante
del Partido de General Pueyrredon
Comisión de Recursos Hídricos, Obras y Servicios Sanitarios
Arq. Patricia Leniz
PRESENTE
De mi mayor consideración
Atento a la importancia de la Obra Construcción del Desagüe Arroyo El Barco – Primera Etapa – Sector A se cumple en realizar el presente informe ampliatorio del oportunamente entregado a esa Comisión con fecha 9/02/2017 (adjunto a fs 108 del Expte 2425/0/2014 Alc 7) sobre las gestiones realizadas para su ejecución por OSSE según se describe a continuación:
1. Con la finalidad de realizar las obras necesarias para evitar los múltiples inconvenientes que se registran en los Barrios ubicados sobre la Cuenca del Arroyo el Barco de la Ciudad ante acontecimientos meteorológicos de magnitud que generan anegamiento, inundaciones con riesgo de pérdidas de bienes o de la seguridad publica la empresa OSSE procede en el año 2003 a suscribir un Convenio de Asistencia Técnica con la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas – DIPSOH con la finalidad de desarrollar un “Estudio Integral de Desagües Pluviales Arroyo el Barco” (aprobado por Ordenanza MGP 16159 (25/6/2004) – Decreto 1487 (5/7/2004)`
2. La DIPSOH dio inicio a los estudios para la elaboración de los proyectos aprobados mediante la Ordenanza 16159/2004 el día 14 de Abril del 2005. Según surgen de los informes de Avances de Obra en el transcurso del año 2006 técnicos de la DIPSOH y del CPRMDP previo análisis definieron en conjunto el punto de la desembocadura del nuevo Desagüe a construir. Dicho Proyecto se dio por concluido el primer semestre del 2011, luego de numerosos reclamos efectuados por OSSE de fecha 12/05/2008, 08/2008, 30/07/2009, 19/10/2010 en virtud verificarse un notorio atraso en la realización del Proyecto Convenido por parte de la DIPSOH (Expte 1957/0/2003 CPO 1).
3. Con fecha 20 de Julio del 2011 el OPDS dicta la Disposición 1696/11 mediante la cual Declara Ambientalmente Apto el Proyecto (Articulo 1) denominado “Desagües Pluviales en la Cuenca del Arroyo El Barco, a desarrollarse en la localidad de Mar del Plata, PGP, presentado por el Ministerio de Infraestructura de la Pcia de Bs. As., en el marco de la Ley 11723. Es de destacar que en su Anexo I “Descripción Técnica del Proyecto” describe en el apartado inicial Cuenca y Conducciones existentes “Posee un antiguo cauce entubado, con conductos de secciones circular, parabólica, y rectangular, de distintas dimensiones. Este curso escurría principalmente por lo que se conoce como Diagonal Canata y Diagonal Invado, hasta alcanzar el Mar Argentino en el muelle de pescadores, Dársena C de Ultramar. En la Precitada dársena se encuentra la desembocadura de un conducto de sección rectangular doble celda de 2 x 4.50 m x 3.50 m pero solo una de ellas esta en funcionamiento, lo cual corrobora la información hallada en los planos de proyecto, es decir que fue proyectado un conducto doble celda, pero se construyo una sola.”
4. El Director de la DIPSOH Ing. Norberto Daniel Coroli comunica al Señor Subsecretario de Recursos Hídricos de la Nación, Ing. Fabian López, en su nota remitida con fecha 22 de septiembre de 2011 “ …que el citado proyecto cuenta con nuestra aprobación y su correspondiente factibilidad técnica.”..
5. El 3 de Octubre del Año 2011 OSSE presenta en sociedad en un Acto Publico, llevado a cabo en la Plaza del Agua con gran participación ciudadana y de la prensa local el Plan Hidráulico de Mar del Plata 2012-2020 con detalle de proyectos, de obras en ejecución y a gestionar financiamiento, entre las cuales se encuentra la Obra Desagües Pluviales- Cuenca Arroyo El Barco – Primera Etapa – Sector A, B, C, D y E. En particular, según la Memoria Descriptiva desarrollada por la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas, este Proyecto incluye 1.740 hectáreas, beneficiando a once barrios de la ciudad de Mar del Plata que integran a 118.000 habitantes aproximadamente. Este sector de la ciudad comprende los siguientes barrios: Villa Lourdes, Las Avenidas, Peralta Ramos Oeste, El Progreso, El Martillo, Florencio Sanchez, Puerto, Cerrito Sur, Cerrito y San Salvador, Juramento, San Martín, Terma Huincó, Colinas de Peralta Ramos y Punta Mogotes.
6. Iniciada la gestión de OSSE ante la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación para obtener financiamiento que permita la ejecución de la Obra Desagües Pluviales- Cuenca Arroyo El Barco – Primera Etapa – Sector A, una vez logrado el acuerdo, el Sr Presidente de OSSE y el SIM anuncian (23/’02/2012) los alcances de dicha obra en un acto público llevado a cabo en el Distrito Descentralizado Usina Vieja del Puerto con presencia de autoridades del HCD, municipales, fomentistas y vecinos de la zona puerto. También se realiza la difusión a través de medios periodísticos y de reuniones con vecinos del sector en Sociedades de Fomento (Br. Juramento, etc)
7. El día 4 de Mayo del 2012 se suscribe Convenio Único de Colaboración con la Subsecretaria de Recursos Hídricos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios con el objeto de financiar al ejecución de la Obra Desagües Pluviales- Cuenca Arroyo El Barco – Primera Etapa – Sector A, por un Monto de $ 44.000.000,- (Registrado Bajo Nº 0602/12) delegando al ENOSUR la gestión de la Licitación.
8. Contando toda las Aprobaciones de rigor se remite con fecha 10 de Mayo del 2012 al ENOSUR la Documentación Técnica, Pliegos Técnicos y Convenio de Financiación suscrito con vista a elaborar el Llamado a Licitación Pública para la Construcción de la Obra DESAGUES PLUVIALES CUENCA ARROYO EL BARCO – PRIMERA ETAPA – SECTOR A.
9. En Junio del 2012 se suscribe entre OSSE y el ENOSUR un Acuerdo de Cooperación con la finalidad de establecer responsabilidades y las tareas que llevara a cabo cada organismo en pos a ejecutar la Obra DESAGUES PLUVIALES CUENCA ARROYO EL BARCO – PRIMERA ETAPA – SECTOR A, entre las cuales: OSSE se compromete a proveer el Proyecto, elaborar las Especificaciones Técnicas, la aprobación de planos de replanteo y memorias técnicas, fiscalización del Proyecto Ejecutivo y a la designación de Representantes en la Comisión de Adjudicación; ENOSUR se compromete a realizar el Llamado a Licitación la Contratación, administrar los fondos recibidos para el financiamiento, proceder a la Certificación y al Pago, publicitar la participación de OSSE.
10. Con fecha 25 de Junio el Presidente del ENOSUR gira a la Subsecretaria de Recursos Hídricos el Pliego de Bases y Condiciones de la Obra para que este organismo lo apruebe y así proceder al llamado a Licitación.
11. Con fecha 2 de Julio del 2012 mediante nota dirigida al Presidente del Consorcio Portuario Regional Mar del Plata, en continuidad a las gestiones oportunamente realizadas por la DIPSOH y OPDS con vistas a la ejecución de la Obra de Desagüe Arroyo El Barco – Primera Etapa, se le informa que se ha iniciado el proceso Licitatorio inherente a la ejecución de la obra “Desagüe Pluvial – Cuenca Arroyo El Barco – Primera Etapa – Sector A” la cual parte de su desarrollo se efectuará en territorio de Jurisdicción de ese Consorcio, adjuntando Memoria Descriptiva, Convenio Único de Colaboración con la Subsecretaria de Recursos Hídricos, Plano de la Traza de la Obra, etc.
12. Con fecha 26/07/2012 el Gerente de Obras de OSSE informa al Gerente de Obras del CPRMDP Arq. Marcelo Requena, ante nota remitida por este último, “que las modificaciones de calzadas y veredas planteadas” en su misiva, tal cual resulta del Proyecto de la DIPSOH evaluado oportunamente por técnicos del CPRMDP, “serán interferidas por la Obra “Desagüe Pluvial – Cuenca Arroyo El Barco – Primera Etapa – Sector A” la cual se encuentra en proceso de Licitación a través del ENOSUR tal lo informado… por nota de fecha 2 de julio de 2012”. Agrega que la apertura de la Licitación “se efectivizara el día 7 de Agosto, previéndose su inicio en el mes de Septiembre”.
13. Con fecha 7 de Agosto del 2012 se procedió a la Apertura de Ofertas del Llamado a Licitación Publica 08/12 DESAGUE PLUVIAL CUENCA ARROYO EL BARCO – 1º ETAPA – SECTOR A, Presupuesto Oficial $ 40.685.201.48, Plazo de Obra 10 meses, con la presentación de dos ofertas UTE MACO SACIFIA – TECMA SA – CONSTRUCCIONES SADDEMI SA ($ 40.279.174) y COARCO SA ($ 37.982.578,64)
14. Con fecha 7 de Agosto del 2012, el Arq. Marcelo Requena Gerente Técnico Consorcio Portuario Regional Mar del Plata, responde a la nota de fecha 27/07/2012, expresando el haber tomado conocimiento (en contrario a los antecedentes obrantes) de la “.. Obra del desagüe a través de los recortes periodísticos publicados en el mes de marzo del corriente año y recientemente, por medio de la memoria y plano enviados por el Presidente de ese organismo,.., situación que ha despertado una profunda preocupación en virtud al impacto y las consecuencias que el vuelco de cerca de 1000 manzanas de la ciudad puedan provocar sobre este espejo de agua y su vaso portuario, circunstancia por cierto delicada por tratarse esta la Zona Primaria Aduanera del Puerto Pesquero más importante del país.” Agrega “en ese contexto se ha procedido a poner en su conocimiento de la situación a la Subsecretaria de Actividades Portuarias, por tratarse éste de un tema que excede este ámbito local”
15. Con fecha 29/08/2012 en nota conjunta de OSSE y ENOSUR, en virtud a las manifestaciones expuestas en la nota detallada en el punto anterior informan al Presidente del CPRMDP, que el proyecto de la Obra fue realizado por la DIPSOH (con participación de personal técnico el CPRMDP), que cuenta con el Estudio de Impacto Ambiental aprobado por la OPSD le recuerdan además “Como es de su conocimiento, actualmente el pluvial que canaliza las aguas de lluvia de la cuenca del Arroyo el Barco ya vierten sobre el espejo de agua de ese Puerto, circunstancia que no es ajena a las condiciones naturales del citado arroyo. No obstante las instalaciones existentes, según estudios realizados por la DIPSOH y por el acontecimiento de reiteradas inundaciones en gran parte de la cuenca, tiene una capacidad de transporte muy inferior a la necesaria.”
16. Con fecha 23/08/2012 el CPRMD mediante CD suscripta por el Gte Gral Walter H. Sivina en relación a la obra denominada “Desagüe Pluvial- cuenca Arroyo El Barco – Primera Etapa – Sector A” intima al ENOSUR “a que cese toda gestión que estuviesen llevando a cabo en pos de la contratación de la prestación antes identificada , la cual en todo evento deberá inexorablemente ser consensuada con el CRPMDP en su carácter de autoridad pública con competencia en el gerenciamiento del Puerto MDP, bien este último a su vez del dominio público del estado provincial.”, previo manifestar preocupación por cuanto “.. el proyecto consiste en una descarga directa y en principio no se observa en el plano traído a consideración ningún tipo de trampa de residuos sobrenadantes y subnadantes, los cuales son comunes en este tipo de efluentes” aclara además que lo hace por instancias del Sr. Subsecretario de Actividades Portuarias según instrucciones recibidas mediante nota Nº 39/2012, requiriendo el “detalle técnico de la obra a llevar a cabo en su jurisdicción, en orden de evaluar el otorgamiento de las autorizaciones que fuese menester emitir por parte del CPRMDP en pos de que dicha prestación pueda concretarse en el ejido del puerto sometido a su custodia.”
17. En nota suscripta por el Jefe del Dpto. de Proyectos de Terceros de la DIPSOH, Ing. Carlos Marcelo Rastelli, ingresada a OSSE con fecha 26 de septiembre del 2012, se documenta ratificando que al realizar el Proyecto ha mantenido varias reuniones con el área técnica del Consorcio Portuario Regional Mar del Plata, según expresa textualmente que para la “ LOCALIZACIÓN DE LA DESEMBOCADURA: En la Obra denominada “ESTUDIO DE LA CUENCA DEL ARROYO EL BARCO”, se acordó luego de varias reuniones con el Arquitecto Marcelo Requena, profesional responsable del organismo, que la construcción a construir, que surge del estudio integral de la cuenca, no podría desembocar en forma adyacente a la conducción rectangular doble celda existente, de la cual solamente 1 se encuentra habilitada. Por lo tanto en un todo de acuerdo con las autoridades portuarias, en el proyecto definitivo, la desembocadura de las conducciones proyectadas, se han previsto en la dársena del club náutico, como indican los planos respectivos.” (Expte. 1010/0/2012 CPO 1 fs 82/82 vta)
18. Atento a lo expuesto por el CPRMDP responsables de la Gerencia de Obras de OSSE giran al responsable de la elaboración del Dpto. de Proyecto de Terceros DISOPH Ing Marcelo Rastelli un Anteproyecto de Descarga para el Conducto Principal II correspondiente a la cuenca Arroyo el Barco con fecha 17/10/2012 a los efectos de sugerir el perfeccionamiento de los detalles del Proyecto a modo de satisfacer los intereses tanto del Consorcio Portuario como a la comunidad marplatense, y dar mejor cumplimiento a las recomendaciones efectuadas por la OPDS.
19. Con fecha 17/10/2012 se gira al Sr. Interventor CPN Matias Machinandiarena del CPRMDP, tal cual lo comprometido en reunión del día 15/10, una copia completa de la totalidad de la documentación técnica de Proyecto “Desagües Pluviales – Cuenca Arroyo el Barco” y de la Obra Licitada incluida en los Tomos I y II, a saber:
Tomo I
1. Anexo – Formulario de Identificación de la Obra
2. Notas antecedentes de OSSE al Consorcio Portuario
3. Proyecto Hidráulico
3.1 Memoria Descriptiva (Proyecto Completo)
3.2 Memoria Descriptiva (Primera Etapa – Sector A)
3.3 Antecedentes
3.4 Memoria de Cálculo
4. Estudio de Impacto Ambiental
5. Aprobación del Proyecto y del EIA
6. Anteproyecto de Descarga
7. Presupuesto Proyecto completo
8. Presupuesto Primera Etapa – Sector A, Plan de Trabajo y Curva de Inversiones
Tomo II
9. Planos de Proyecto
10. Pliego de Bases y Condiciones
20. Con fecha 25/10/2012 la Gerencia de Obras y Planeamiento de OSSE da respuesta a nota presentada al SIM por la Fundación Fauna Argentina con fecha 8/08/2012 manifestando preocupación “.por el perjuicio ambiental que pueda acarrear el emprendimiento.” de no poder evitar “..que las aguas de lluvia transporten residuos callejeros al mar causando contaminación.” informándole al respecto que dicho proyecto de la DISOPH cuenta con la Declaración de Aptitud Ambiental dictada por OPDS y en relación a la “retención de sólidos y tal como lo recomendara el Estudio de Impacto Ambiental, se ha desarrollado un esquema de descarga con trampa de sólidos grandes y sólidos flotantes, que será la primera de estas características en el Partido de Gral Pueyrredon”
21. Con fecha 30/10/2012 se realiza una reunión entre el Directorio de OSSE y vecinos del Sector Puerto en la sede de la Sociedad de Fomento del barrio Juramento quienes se manifiestan preocupados por la falta de avance de la obra licitada. En la oportunidad OSSE informo a vecinos y fomentistas presentes los pasos realizados a la fecha, en tanto ellos expresaron su interés en reunirse con representantes del Club Náutico y del CRPMDP a fin de intentar llegar a un acuerdo sobre las preocupaciones que tienen desde ambos sectores. Asimismo se le entrega al Sr. Hugo Toso, responsable de la Sociedad de Fomento del barrio Juramento un pormenorizado informe elaborado por OSSE (25/10/2012) de los pasos dados a la fecha en relación a la concreción de la Obra de Desagües Arroyo el Barco – Primera Etapa.
22. El 18/10/2012 la Comisión de Recursos Hídricos, Obras y Servicios Sanitarios del HCD (sobre Proyecto de Comunicación Bloque UCR Rodríguez-Maiorano-Abud) requiere al DE y a OSSE informe sobre los motivos por lo que no se habría notificado oportunamente a la Subsecretaria de Actividades Portuarias y al CPRMDP sobre el Proyecto denominado “Desagües Pluviales en la Cuenca del Arroyo el Barco”. Adjuntándose al mismo como antecedentes notas cursadas por la Cámara Industrial Naval a OSSE y al CRPMDP , Acta de Reunión Extraordinaria del Directorio nº 263 (28/12/2012) del CPRMDP. A lo cual el Gerente de Obras de OSSE produce el pertinente informe de fecha 8/11/2012 de lo actuado a esa fecha.
23. Con fecha 12/11/2012 el Gerente de Obras de OSSE Ing. Flavio Franco remite nota al Jefe de Proyectos de Terceros Ing. Marcelo Rastelli DISOPH solicitándole pronta respuesta a la propuesta de anteproyecto de un posible sistema de retención de flotantes y sólidos grandes, remitido oportunamente, a modo que esa repartición responsable del Proyecto, lo perfeccione y de su aprobación para su implementación. Asimismo le solicita que, a raíz de la inquietud de algunos integrantes del CRPMDP, se expida si es factible que se produzcan erosiones o cualquier tipo de inconveniente en las estructuras costeras próximas a la desembocadura, motivadas por la descarga pluvial.
24. Con fecha 30/11/2012 el CPRMDP presenta nota mediante la cual adjunta un documento presentado por éste como Estudio Técnico (aunque carece de firma profesional e intervención del Colegio Profesional – Art. 6 bis Ley 10416 y modificadoras) según dice elaborado por el Ingeniero en Puertos Ricardo Schwartz, manifestando que “el actual contexto que vive el Puerto de MDP hoy es de rechazo a la misma..” haciendo hincapié en que “..la obra podría llevarse a cabo con un trazado distinto… lo que hubiese posibilitado su materialización cuanto no la afectación de la infraestructura de la presente estación marítima así como el espejo de agua que la integra..”. Asimismo informa que el informe que adjunta fue elevado “..a los organismos provinciales y/o nacionales que han intervenido en el emprendimiento de referencia a los fines que provean … a la consideración el informe y las consideraciones que en el mismo se dejan plasmadas.” Se adjunta un “Análisis de las Obras de Descarga, Desagües Pluviales Arroyo del Barco” respecto del cual en base a la documentación oportunamente suministrada al CPRMDP y a modo de conclusión expone un “Breve Comentario” en cual pone de manifiesto que el Proyecto Licitado no contempla la construcción de cámaras de limpieza que permitan la captación de materiales sólidos, flotantes o subflotantes previo a la descarga. No observa estructuras que permitan captar el derrame de hidrocarburos u otros materiales segregados, de estructuras reguladores de caudal en caso de excedentes o la derivación de fluidos contaminados en caso de caudales pluviales reducidos. Indica que el dispositivo de red lanzada al mar que permite la captación de flotantes en la desembocadura del desagüe “..solamente podrá ser un elemento auxiliar para evitar la dispersión de los cuerpos en el puerto ante un eventual derrame incontrolado que haya superado los dispositivos previos “ad hoc”..”
25. Con fecha 16/04/2013 mediante Nota suscrito por el Gerente de Obra y el Presidente de OSSE se da respuesta a los puntos e interrogantes planteados por el CPRMDP en base a los lineamientos que tiene el Proyecto elaborado por la DIPSOH, el estado actual y su conveniencia operativa, su viabilidad técnico económica frente a otras alternativas puestas en análisis incluso puesta en consulta ante los responsables técnicos del Consorcio según surge de la Documentación adjunta. A modo de conclusión y “.. reconociendo la importancia de hallar consensos que tiendan a compatibilizar los intereses de los distintos sectores alcanzados directa o indirectamente por este proyecto, OSSE propone crear un ámbito de trabajo y análisis entre la Municipalidad del Gral Pueyrredon, el CPRMDP, la DIPSOH y la Subsecretaria de Actividades Portuarias a tal efecto..”.
26. A partir de ese momento, y sin perjuicio de lo realizado a la fecha, se inicio un proceso de trabajo conjunto entre OSSE y la Autoridad Portuaria, a través del CPRMDP y la Subsecretaria de Actividades Portuarias de quien dicho ente depende, en pos de establecer pautas técnicas a fin de ser incorporadas al proyecto, de modo de reducir al mínimo cualquier impacto que la obra pudiera proyectar sobre el vaso portuario. A ese efecto el CPRMDP contrato al Ing. Civil Ricardo Schwartz, quien en conjunto con el Dpto Técnico de la Subsecretaria de Actividades Portuarias y la Gerencia de Obras del CPRMDP, por el lado de la MGP, consensuaron una serie de modificaciones al proyecto original además de algunas obligaciones y condiciones complementarias a satisfacer tanto en la faz de ejecución de la obra cuanto en la de su posterior operación.
27. Asimismo, desde los organismos de la Pcia de Buenos Aires, la Dirección de Hidráulica, el OPDS, el CPRMDP en carácter de autoridad portuaria en conjunto con representantes técnicos de la Subsecretaria de Actividades Portuarias en conjunto con OSSE llevaron a cabo consultas publicas con los diferentes actores portuarios que manifestaran su preocupación respecto de las implicancias que la obra podía llegar a tener en la estación marítima, tanto del sector público como del privado.
28. Entre los sectores consultados se encontraban la Prefectura Naval, la Armada Argentina, Asociación Bonaerense de la Industria Naval (ABIN), Cámara Actividades Industriales Pesqueras Argentinas (CAIPA), Consejo de Empresas Pesqueras Argentinas (CEPA) y Cámara de Permisionarios de Centro Comercial Puerto, Club Náutico Mar del Plata, Club de Motonáutica, Yacht Club y Centro Naval de Mar del Plata, Universidad Tecnológica Nacional, SOMU, SIMAPE, Capitanes de Pesca, Prácticos del Puerto de MDP, APDFA, Unión Ferroviaria y Camioneros, SENASA y Aduana Mar del Plata, entre otros. El día 25 de septiembre de 2013 en la Sede del Consorcio Portuario, Autoridades y técnicos del CPRMDP y de OSSE se realiza una Audiencia Pública a la que concurren referentes de cámaras empresarias, gremios, fuerzas armadas y de seguridad, clubes náuticos y organismos públicos vinculados a la actividad portuaria antes mencionados, se les explicó que con las modificaciones técnicas proyectadas a instancia de la autoridad portuaria y aceptadas por OSSE no se producirían consecuencias adversas para el Puerto de MDP, tras lo cual expresaron su apoyo a la concreción del emprendimiento.
29. El día 16 de abril de 2014 el Consorcio y OSSE, suscriben un Convenio Único de Colaboración en el cual se acuerdan las pautas a cumplimentar para la ejecución, mantenimiento y operación de las obras correspondientes a las nuevas salidas del Desagüe Arroyo el Barco a que se ha arribado y las condiciones y obligaciones (Anexo I, II y III) de cada uno en pos de satisfacer los intereses tanto del Consorcio, como de los habitantes de General Pueyrredon. El Convenio suscrito por el Sr. Intendente Municipal Cdor. Gustavo Arnaldo Pulti y el Sr. Interventor del CPRMDP Cdor. Matías Machinandiarena, fue convalidado por Ordenanza Nº 21.740 (15/5/2014) Decreto MGP Nº 1231 (19/05/2014)
30. Sometidas a consideración de la DiPSOH, por parte de la Gerencia de Obras de OSSE, las modificaciones al proyecto efectuado por esa Dirección a la traza de los conductos CP-I y CP-II, en jurisdicción de la zona portuaria Mar del Plata a fin de adaptarlo a los requerimientos técnicos del CPRMDP, con fecha 3/07/2014 OSSE se notifica de la aprobación de la DIPSOH a dichas modificaciones mediante nota suscrita por el Jefe de Dpto Proyectos de Terceros Ing. Carlos Rastelli.
31. Reiniciada la gestión ante la Subsecretaria de Recursos Hídricos de la Nación, por parte de OSSE, para obtener una vez más la financiación que permita la ejecución de la Obra “DESAGUE PLUVIAL – CUENCA ARROYO EL BARCO – PRIMERA ETAPA – SECTOR A se obtiene con fecha 9 de Enero de 2015 la No Objeción Técnica emitida por dicho organismo.
32. Con fecha 12/01/2015 el Directorio de OSSE mediante Resolución 020/15 aprueba el Pliego Licitatorio y llama a Licitación Pública Nº 2/15 para la ejecución de la Obra “Desagüe Pluvial Cuenca Arroyo El Barco- 1º Etapa Sector A Colector Principal 2” con un Presupuesto Oficial de $103.476.428,61 y un Plazo de Obra de 360 días corridos.
33. Se proceden a abrir los Sobre Nº 1 con fecha 6 de febrero de 2015, los Sobres Nº 2 con fecha 20/02/2015 y finalmente mediante Resolución del Directorio Nº 183/15 del 2 de Marzo del 2105 se procede a preadjudicar la Obra a la firma COARCO SA por un monto de $ 99.438.602,07.
34. Con fecha 21/07/2015 se firma la Resolución 1191/15 de la Secretaría de Obras Publicas del Ministerio de Planificación de Federal, Inversión Pública y Servicios que autoriza a la Subsecretaria de Recursos Hídricos de la Nación a imputar el monto de $ 99.438.602.07 para el financiamiento de la Obra “DESAGUE PLUVIAL – CUENCA ARROYO EL BARCO – PRIMERA ETAPA – SECTOR A, mediante la suscripción de un Convenio Único de Colaboración y Transferencia citado en la misma Resolución.
35. El día 22 de julio de 2015 mediante Resolución del Directorio de OSSE 684/15 se procede a la Adjudicación de la Obra a la firma COARCO SA, procediendo en el mismo día a suscribir el pertinente Contrato de Obra. El Acta de Inicio de la Obra se suscribe el día 29 de Julio del 2015.
36. Con fecha 12 de Agosto del 2015 mediante Decreto MGP 2202/15 se designa a OSSE como Ente Beneficiario del Plan de Financiamiento denominado “Mas Cerca, mas municipio, mas País, Mas Patria” mediante el cual se financia la Obra, designando además a Obras Sanitarias como Unidad Ejecutora para la administración de la misma.
37. Con fecha 18 de Agosto se notifica al CPRMDP de los pasos dados a la fecha y a la vez se le requiere comunique en la medida de sus posibilidades a la Prefectura Naval Argentina, a los clubes existentes (ej Club Náutico, etc) y todos aquellos actores del sector que a su criterio corresponda dar comunicación. A la vez se le requiere acompañe la gestión de pedido de aprobación del HCD de la Declaración de Utilidad Pública, del Convenio Único de Colaboración y Transferencia para el financiamiento y de declaración de restricciones y/o servidumbres administrativas que pudieran resultar necesarias para la ejecución de la obra en la traza aprobada.
38. Con fecha 19/08/2015 se comunica de los inicios de obra y solicita autorización de acceso a la zona portuaria del personal de Contratista y de Inspección a Prefectura Naval Argentina, funcionarios de CPRMDP, comunicando a su vez al Gerente Técnico del CPRMDP del Programa de Seguridad – Resolución SRT 35/98.
39. Con fecha 24/08/2015 se recepciona Nota del CPRMDP donde éste manifiesta una serie de puntos a cumplimentar previo al inicio de las tareas tal cual resulta del Convenio Único de Colaboración Desagüe Pluvial cuenca Arroyo el Barco Primera Etapa Sección A, entre los cuales requiere: Proyecto de Ingeniería, gestionar autorizaciones ante entidades públicas nacionales y provinciales, Plan Ambiental de Monitoreo, realizar Batimetría, Manual de Mantenimiento y Limpieza de las instalaciones a construir, y notificar a las Autoridades Públicas, Permisionarios y/o Concesionarios.
40. Elevados los antecedentes al HCD por el SIM, el HCD mediante Ordenanza Nº 22.422 del 8 de Octubre de 2015 declara de utilidad pública municipal la ejecución de la Obra y convalida el Convenio antes mencionado.
41. Con fecha 4/09/2015 se formalizó por nota la comunicación anticipada en reunión de fecha 25/08/2015 respecto del inicio y pasos dados en relación a la obra, comunicando los teléfonos de la Inspección de OSSE, del Centro de Reclamos de OSSE y solicitando a la vez la colaboración. Se notifica a Distribuidora SOUTH GROUP SA, Cámara de Permisionarios del Nuevo Centro Comercial del Puerto, Club Náutico Mar del Plata, UTN, Dirección Nacional de Coordinación Pesquera, Administración Nacional de Aduanas – Aduana Mar del Plata, Astillero F Contessi y CIA SA, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agropecuaria – SENASA, Dirección Nacional de Migraciones. Del mismo modo, a través de la Gerencia de Relaciones Institucionales y luego de varios intentos de notificar a Elevadores Mar del Plata SA en su domicilio declarado se cita telefónicamente al Presidente de la firma Sr. Alejandro Sanna a reunión para el día 16 de Septiembre del 2015 a las 13.30 hs, quien a las 13.45 hace saber que no podrá concurrir en razón de problemas familiares según consta en Acta de esa fecha. Respecto de este ultimo cabe destacar que a principios del 2014 en virtud a intimación de pago por deuda vencida el Presidente de la firma Elevadores Mar del Plata SA inició gestiones a fin de suscribir un plan de pagos motivo por el cual fue personalmente informado de la situación y que sería convocado oportunamente a una reunión especifica.
42. La Gerencia de Planeamiento y Obras de OSSE presenta al CPRMDP mediante nota de fecha 9/09/2015 la nomina de personal de OSSE y del Contratista COARCO SA involucrado en la Obra.
43. Con fecha 2 de Octubre se hace entrega al Sr. Presidente del CRPMDP de la copia del Proyecto Definitivo de la Obra elevado por el Contratista Coarco SA, el cual “..resulta de los estudios de campo realizado en los últimos meses y con los cuales se procedera a iniciar las tareas de excavación desde Martinez de Hoz hacia el mar.”.
44. Nuevamente la Gerente de Relaciones Institucionales notifica al Sr. Presidente de Elevadores Mar del Plata SA Sr. Alejandro Sanna, nueva citación a reunión para el día 8/10/2015 a las 14 hs mediante nota con fecha 6/10/2015 en domicilio declarado de la firma Chubut 920 y con copia de dicha notificación vía mail (7/10/2015) también declarado por la firma, cita a la cual no concurrió según consta en Acta de fecha 8/10/2015.
45. Con fecha 16/10/2015 se gira al Sr. Presidente del CPRMDP copia del Proyecto del Plan de Gestión Ambiental. El CPRMDP toma conocimiento del Plan de Gestión Ambiental indicando en nota del 23/10/2015 que observan “..en el Plan presentado que se prevé la remoción de las silos bolsa que serán utilizadas como endicamiento en el sector de descarga del pluvial sobre la Dársena D, sin considerar el contenido interno de las mismas, contraponiéndose la operativa diseñada con lo establecido en el Anexo II del Convenio Único de Colaboración que indica: “A los efectos de poder trabajar en seco se deberá desarrollar sobre el lecho de la Dársena de descarga un dique el cual deberá ser retirado una vez concluida la tarea de construcción de la cámara.”. Sugiere además “..incorporar en el Punto 4.6. Programa de Contingencias, un Plan de Llamadas..” adjuntando los números de contactos. Recuerda además que “no se ha recibido .. el Estudio de Suelos y Batimetría previa..” por lo que reitera su solicitud.
46. Con fecha 23/10/2015 el CPRMDP responde por Nota 157, con respecto al Proyecto Ejecutivo presentado, informando que el mismo “..no merece objeciones, a excepción de la traza del conducto EL BARCO (existente e identificado en el Plano con color celeste) ya que la misma no se corresponde en su punto de desembocadura con la vigente, a consecuencia.. solicita.. su rectificación.” También señala, que “..no se ha acompañado a la fecha las conformidades de los permisionarios que serán afectados por la traza de la obra a ejecutar, como así tampoco en punto de las interferencias, las autorizaciones de las reparticiones públicas y/o empresas prestatarias de servicios públicos.” Haciendo particular hincapié en la autorización emitida por la autoridad competente del servicio de transporte en el cruce de vías férreas. Con fecha 27/10/2015 se remite al CRPMDP respuesta de su Nota 157, dejando constancia que el conducto marcado con traza celeste en el plano es solo indicativo ya que no resulta trascendente a la ejecución de la obra, además se deja constancia que según consta en Pliego de Bases y Condiciones es responsabilidad del Contratista realizar las gestiones de autorización de las reparticiones públicas (incluye cruce de vías férreas) previo al inicio de la ejecución de las obras, en contestación de la Nota 137 ingresada en fecha 24/08/2015, se informa de la nomina Autoridades, Permisionarios y/o Concesionarios notificados de la obra a esa fecha. Finalmente se le comunica que mediante Ordenanza Municipal Nº 22422 (8/10/2015) la Obra ha sido declarada de Utilidad Pública Municipal.
47. Con fecha 9/11/2015 el Subgerente de Inspección de Obras le presenta al Gerente de Obras del CRPMDP copia de la Documentación Anexa 7.1 Notas Aclaratorias en la que la Ing Claudia Baltar responsable ambiental de COARCO SA describe el contenido interno que se utilizará en los silos bolsa los cuales serán usados como endicamiento en el sector de descarga del pluvial sobre la Dársena D. Se adjunta también copia del Estudio de Suelos, contratado por COARCO SA al estudio Pol Hnos SA y copia de los planos de interferencias de los entes. Asimismo se deja constancia de los inconvenientes suscitados al momento respecto de la elaboración de la Batimetría solicitada por parte del Servicio de Hidrografía Naval respecto de su facturación.
48. Mediante Nota 170 del CPRMD (recibida 13/11/2015) y respecto a las notas antes mencionadas se notifica a OSSE que independientemente de las notificaciones informadas “..deberá contar con la conformidad de cada una de las firmas u organismos afectados previo a la ejecución de las obras en los predios correspondientes a los mismos.”. Asimismo se “..sugiere consultar a la Subsecretaria de Actividades Portuarias – Ing. Folonier- acerca de la disponibilidad para efectuar las batimetrías previas y posteriores a la ejecución de obras en la desembocadura del Arroyo El Barco en Dársena “D”. Consideraciones posteriores serán consideradas únicamente previo desistimiento por escrito de la mencionada Subsecretaria para efectuar los trabajos correspondientes.”.
49. Fundación Fauna Argentina remite Nota al SIM con fecha 19/11/2015 manifestando su preocupación, entre otras, respecto de saber si “..la DIPSOH al momento de efectuar el Estudio de Impacto Ambiental tomó en cuenta la existencia de una colonia de lobos marinos en el interior del espejo de agua portuario tomando en cuenta los diferentes residuos que transporte este pluvial ya sean sólidos o del tipo fluidos de vehículos que con el deslave de la calle lleguen y puedan perjudicar aun más el diminuto espacio marino.”.
50. El 16/12/2015 se recibe Nota del CPRMDP mediante la cual se solicita la construcción de un Cerco de Seguridad con motivo de iniciarse la temporada turística y la necesidad de proveer mayor seguridad a las personas que circularan en las inmediaciones a la obra.
51. Con fecha 17/12/2015 el Subgerente de Inspección de Obras de OSSE informa al CPRMDP que el 24/11/2015 el Ing. Luis Folonier de la Subsecretaria de Actividades Portuarias le contesta a la Contratista COARCO SA que no resulta factible realizar la batimetría solicitada. Asimismo se informa que se le ha requerido al contratista la construcción de un cerco de seguridad a la Obra.
52. Con fecha 22/12/2015 el CPRMDP comunica que respecto de la batimetría requerida deberá contarse también con la negativa del Servicio de Hidrografía Naval, de “..resultar así, se considerara la ejecución de esa tarea a través de terceros de trayectoria y antecedentes reconocidos.”. En relación de los organismos afectados por la traza del pluvial se insiste en que previo a iniciar las tareas en cada sector que ocupan, se “.. deberá contar con la conformidad de cada una de las firmas u organismos afectados previo a la ejecución de las obras.”.
53. Avanzada la ejecución de las obras, se planifica en conjunto con el CPRMDP la gestión del tránsito en las zonas afectadas por las obras como asimismo los trabajos a realizar en sectores donde resultan afectados los servicios de Alumbrado Público, etc. Previo a iniciar los trabajos entre la progresiva 120 y 180 se solicita mediante Nota de fecha 2/09/2016 a la distribuidora SOUTH GROUP SA permiso de ingresar al predio de su concesión a modo de dar continuidad a dichos trabajos. Quien da respuesta afirmativa permitiendo el acceso al predio por arte del contratista y del personal de OSSE.
54. Se remitió sendas CD a con fecha 4/10/2016 a Elevadores Mar del Plata SA al domicilio legal y al domicilio del predio Concesionado intimándole a que en el término de cinco 5 días permita el acceso al predio que dicha firma ocupa, tanto al personal de OSSE, como del Contratista y del CPRMDP. Justificando “..la intimación en la necesidad técnica de ejecutar el tramo de la obra de desagüe pluvial … resulta necesario ingresar al sector norte de dicho predio a fin de proceder al relevamiento y construcción..” Dichas CD no fueron recibidas ni retiradas del Correo por dicho Concesionario.
55. Atento a que en el desarrollo de la obra se sucedieron demoras causadas en la existencia de días de lluvia que impidieron la labor y otras causas de fuerza mayor demoras motivadas por la falta de provisión de piedra por un conflicto gremial en la cantera proveedora y demoras incurridas en virtud a las características de las napas de agua subterráneas bajo la llamada Manzana de los Circos ante el pedido de ampliación de Plazo del Contratista (mucho más extenso) OSSE mediante Resolución 504/16 otorgó una ampliación de 249 días corridos. Esta ampliación establece nueva fecha de terminación de la obra para el día 29 de marzo de 2017.
56. Con fecha 29/09/2016, 5/10 y 11/10 mediante notas dirigidas al Gerente de Obras del CPRMDP se le remite documentación técnica referente a la programación de cortes de calles, interferencias, señalización, memoria descriptivas del cerco lindero al estacionamiento del Club Náutico, esquema aproximado de tiempos, documentación referida a la ampliación de tiempos de ejecución por 249 días corridos, árboles (cuatro) a ser removidos, a la vez que se le solicita punto de instalación de los doce árboles nuevos en compensación. También se presenta nota del 5/10/2016 al Gerente General del CPRMDP adjuntando programa del plan de tareas de avance de las obras y cortes de calzadas a iniciar el 6/10/2016. Con fecha 11/10/2016 el Gerente General del CRPMDP autoriza lo solicitado indicando como fecha máxima de cierre de las calzadas a intervenir el 30/11/2016, autoriza la extracción de los árboles de vereda indicados mediante la plantación de 3 ejemplares nuevos por cada árbol a extraer en lugares a indicar, insiste en requerir la conformidad de los organismos ocupantes a los predios previo el inicio de las obras, y finalmente establece que dada la nueva fecha de culminación de la obra se proceda al retiro urgente de material sobrante de obra depositado en los predios denominados Manzana de los Circos.
57. Corroborado que el inmueble en el que se encuentran emplazados antiguos silos constituye un bien de dominio público nacional, que originalmente han estado bajo la jurisdicción de la Ex Junta Nacional de Granos y ante la necesidad de tramitar las autorizaciones correspondientes, se remitió nota de Octubre de 2016 dirigida al Sr. Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Agroindustria de la Nación, dando inicio a la tramitación para acceder al predio. Con fecha 22/11/2016 el Sr. Secretario de Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca remite copia de la Nota remitida al Concesionario del Elevador Terminal del Puerto Mar del Plata requiriéndole al mismo que en el termino de 72 hs autorice el ingreso al predio a fin de permitir la ejecución de las obras proyectadas.
58. Con fecha 9/02/2017 se remite nota a la Comisión de Recursos Hídricos, Obras y Servicios Sanitarios, a fin de darle continuidad informativa, con un sintético resumen de las últimas gestiones realizadas respecto de la Obra Desagües Pluviales – Cuenca Arroyo el Barco, a la vez que se solicita una reunión a fin de ampliar la información que lo requiera
59. En marzo del 2017, previo la realización de reuniones entre el Presidente del CPRMDP, OSSE con responsables de los Clubes Náuticos y el Astillero Naval Federico Contessi y Cia SA, se da respuesta a presentación de fecha 7/11/2016 suscrita en conjunto por el Presidente del Club Náutico Mar del Plata, el Apoderado del Yatch Club Argentino, el Presidente del Club de Motonáutica Mar del Plata, el Director y Apoderado General del Astillero Naval Federico Contessi y el Presidente de la Fundación Fauna Argentina quienes manifiestan su preocupación respecto de la posible contaminación que provocará el aumento del volumen de vertido previsto al tomar los pluviales de toda la cuenca y las condiciones en que pudiera llegar ese caudal, respecto del cual manifiestan desconocer, cuál será la operación y mantenimiento del mismo en aras a asegurar el no vertido de sólidos y otros elementos contaminantes en el espejo de agua. Justifican la preocupación las actividades náuticas desarrolladas por los clubes y el cuidado de la fauna que habita el espejo portuario. Indican que “..a la fecha no han logrado, de manera formal, acceder al estudio de impacto ambiental que tendrá la obra..”, a la vez que establecen, que “..lo natural y aconsejable hubiera sido enviar esas aguas directamente hacia el mar abierto, de la escollera sur hacia el lado del mar..”. Concluye requiriendo: 1. Informe si se realizó Estudio de Impacto Ambiental y sus resultados; 2. Informe porqué motivo no se previó la desembocadura del citado desagüe a mar abierto; 3. Informe porque motivo no se previó la desembocadura donde hoy está la actual; 4. Informar cual será el tratamiento de la descarga pluvial en su desembocadura. Adjuntan, además, ideas sobre posibles ubicaciones de la desembocadura del pluvial dentro y fuera de la dársena de ultramar. También se da respuesta a la Nota de fecha 10/03/2017 suscrita por el Director y Apoderado General de la firma Astillero Naval Federico Contessi y Cia SA, mediante la cual se solicita pronto despacho con vista a obtener respuesta de la presentación antes mencionada. Dicha comunicación emitida por OSSE da respuesta a cada una de las consultas mostrando que la OPDS declaro ambientalmente apto el Proyecto de acuerdo al marco legal vigente, que la DIPSOH analizó las diferentes alternativas técnico económicas del proyecto según surge de los diferentes informes de Avance de Proyecto, que las decisiones definitivas en cuanto a la ubicación de la desembocadura del desagüe se tomaron en conjunto con las autoridades portuarias previa evaluación técnica de las diferentes propuestas, según se desprende también de los informes de Avance de elaboración del Proyecto, se realiza un pormenorizado análisis de las Medidas de Mitigación de Impactos y Gestión Ambiental, y de las Recomendaciones que surgen del Estudio de Impacto Ambiental aprobado, también de los acuerdos establecidos al respecto en el Convenio Único de Colaboración, en particular del Anexo III Reglamento de Mantenimiento Desagüe Pluvial Arroyo El Barco Primera Etapa – Sector A. Asimismo se detallan las gestiones realizadas por OSSE a fines del año 2016 haciendo saber la respuesta de la Subsecretaria de Recursos Hídricos de la Nación a las propuestas sugeridas por los presentantes especialmente la referida a extender la desembocadura del pluvial hasta el extremo del Espigón N° 3 la cual no fue receptada favorablemente atento que la misma no posee todos los estudios y aprobaciones técnicas previas otorgadas, particularmente la referida al Estudio de Impacto Ambiental y la correspondiente Declaración de Aptitud Ambiental. Se destaca al respecto que en su oportunidad antes de ser licitada la Obra fue presentada por el CPRMDP en reuniones convocadas al efecto donde se encontraban presentes las entidades presentantes sin formular objeciones respecto de la traza ni de la desembocadura de la misma. La Subsecretaria de Recursos Hídricos además entendió que el incremento exponencial en el costo que implicaría el cambio solicitado en el proyecto, de llevar al extremo del Espigón 3 la desembocadura del Desagüe no debería ser aplicable en este caso, atento a que dicha obra cuenta con la Declaración de Impacto Ambiental, se han previsto los impactos negativos tanto en la etapa constructiva como en la operativa, y las medidas de prevención. mitigación y compensación (todas las cuales se están cumpliendo) como también los condicionamientos impuestos por la OPDS en dicha D.A.A.
Sin perjuicio de ello y a instancias del análisis preliminar efectuado por OSSE, surgió la alternativa de derivar en esta primera etapa la desembocadura hacia 50 mts. al sur de la obra proyectada. Para ello y a fin de avanzar se contemplo al necesidad de obtener las siguientes condiciones previas:
Acceder al Sector denominado Elevadores (Silos e instalaciones adyacentes); que la DIPSOH (responsable del Proyecto) apruebe la modificación; que la Subsecretaria de Recursos Hídricos de la Nación (organismo que licitó la Obra y la financia) lo apruebe para lo cual OSSE puso el tema a consideración de la misma; que el CPRMDP lo apruebe y constituya una servidumbre a favor del municipio y/u OSSE; una vez cumplidas las condiciones anteriores, se informe a la OPDS de dicha alternativa propuesta y finalmente que el HCD apruebe dicho cambio. Finalmente, OSSE expresa, que si bien ésta empresa reviste un rol muy acotado, pues únicamente es gestor de la ejecución de la obra, ha considerado muy seria y responsablemente la inquietud expresada en dichas notas y realizo las gestiones ante los organismos competentes antes enunciados para que estos conozcan la preocupación planteada y analicen las distintas alternativas propuestas en el marco de todo lo expuesto. Agrega nota periodística de fecha 9/02/2017 con expresiones del Subsecretario de Recursos Hídricos de la Nación ratificando la conclusión de la misma una vez concluida la pausa turística a la vez que menciona “en las últimas semanas el Gobierno Nacional analizó diversas alternativas para retomar la obra”, agregando el “cambio en el proyecto está prácticamente definido”, y nota de fecha 16/02/2017 donde el Presidente del CRPMDP informa el grado de avance de las gestiones realizadas para recuperar para el Puerto el Predio de los Silos.
60. Las modificaciones solicitadas por los reclamantes implican un incremento aproximado del 11 % del monto total la obra, por lo que requieren aprobación de la Subsecretaria de Recursos Hídricos de la Nación entidad que financia el emprendimiento. Además deberá ser aprobada previamente, por la DIPSOH e informar al OPDS.
61. Con fecha 7/03/2017 el Jefe de Dpto Proyectos a Terceros del al DIPSOH Hugo Favarotto informa que no tiene objeciones que formular a la Documentación Técnica presentada para la modificación en al desembocadura del conducto, por lo tanto considera viable la modificación propuesta. Se informa a la OPDS esta modificación.
62. Con fecha 22 de abril se reunieron el Directorio de OSSE y Gerentes en la Subsecretaría de Recursos Hídricos con el Ing Zárate Director de Obras de la Dirección Nacional de Proyectos y Obras Hídricas, perteneciente a la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS, dependiente a la SECRETARÍA OBRAS PÚBLICAS, con el fin de presentarle la modificación de la ubicación de la desembocadura del Proyecto del Desagüe antes mencionada y que se indica en el croquis adjunto.
63. En virtud de las gestiones iniciadas ante la Subsecretaría de Recursos Hídricos en Abril de 2016 para afrontar la Redeterminación de Precios presentes y futuros de la Obra, en Mayo del 2017 el SIM procede suscribe el Convenio por Mayor Financiamiento de $ 62.000.000,-
64. Se reitera el pedido a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación de ingreso al predio correspondiente al Elevador Terminal del Puerto de Mar del Plata y sus instalaciones adyacentes, al efecto de ejecutar la obra “Desagües Pluviales Cuenca Arroyo del Barco Sector A Primera Etapa” Licitación Pública Nº 2/15, por el tiempo de ejecución de la misma. El Área Administrativa y Legal de OSSE realiza innumerables gestiones durante el último semestre a fin de arribar a una respuesta positiva. El Ministerio de Agroindustria resuelve mediante Resolución 71/2017 (11/04/2017) Rescindir el Contrato de Concesión publicando el Edicto en el Boletín Oficial los días 17-18 y 19/05/2017.
65. El día 12/05/2017 se comunica al CPRMDP respecto de la Modificación del Proyecto y Aprobación de la DIPSOH. Contando con la autorización del mismo se le solicita pedido de acceso al muelle para iniciar los trabajos en la Desembocadura.
66. El 19/05/2017 se comunica al Club Náutico MDP y al Astillero Naval Federico Contessi y Cia SA del inicio de la Obra.
Al momento se procede a reiniciar la ejecución de la Obra, hasta la fecha se ha construido un tramo central del conducto de aproximadamente doscientos cuarenta y un (241) metros de longitud, lo que representa un 23 % de la obra habiéndose ejecutado dicho tramo sobre la denominada “manzana de los circos” correspondiente al ámbito portuario.